III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-21617)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Molina de Aragón, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la ciudad de Molina de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164783
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la comunidad autónoma de
Castilla-La Mancha, estará condicionada, en caso de que su normativa lo permita, a la
prestación de garantía por parte del Ayuntamiento de Molina de Aragón y por el importe
de las actuaciones pendientes de ejecución, que habrá de constituirse en metálico o en
aval bancario, y que se mantendrá hasta que la administración autorice su cancelación,
una vez ejecutadas y debidamente justificadas las actuaciones.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha con sujeción
a lo dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de
Depósitos, aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, o conforme disponga
la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha firmante del convenio.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta del Ayuntamiento de Molina de Aragón, no pudiendo imputarse a la
cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía será necesario un informe del Interventor del
Ayuntamiento de Molina de Aragón en el que se haga constar que todas las facturas han
sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de los fondos correspondientes a la
aportación de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha se realizará dentro de los
tres meses siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones mediante la
presentación en castellano de los siguientes documentos la Dirección General de
Turismo, Comercio y Artesanía:
a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor del Ayuntamiento de Molina de Aragón de las
obligaciones reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Informe del Interventor del Ayuntamiento de Molina de Aragón en el que se haga
constar que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario del Ayuntamiento de Molina de Aragón sobre la
realización de las actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados
correspondientes a las mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de
seguimiento.
g) Acta de cierre de la Comisión de seguimiento suscrito por todas las partes del
convenio en el que conste la inversión inicial y la final detallada por actuaciones.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas, la
entidad local procederá a la devolución voluntaria de los remanentes en función de la
aportación inicial de cada una de las administraciones.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio del compromiso de facilitar toda la
información que le sea requerida por los órganos de Intervención y de Control de
Cuentas de la comunidad autónoma en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y
control del destino de las aportaciones objeto del presente convenio.
Séptima. Aportación del Ayuntamiento de Molina de Aragón.
Las aportaciones de la entidad local ejecutante, Ayuntamiento de Molina de Aragón
podrán efectuarse en la primera anualidad o en el primer semestre de la segunda o
tercera anualidad según lo especificado en el cuadro de la financiación de la cláusula
cuarta, con cargo al capítulo de gasto 334-212 de los Presupuestos del ejercicio 2022 y
ejercicio 2023.
cve: BOE-A-2021-21617
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164783
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la comunidad autónoma de
Castilla-La Mancha, estará condicionada, en caso de que su normativa lo permita, a la
prestación de garantía por parte del Ayuntamiento de Molina de Aragón y por el importe
de las actuaciones pendientes de ejecución, que habrá de constituirse en metálico o en
aval bancario, y que se mantendrá hasta que la administración autorice su cancelación,
una vez ejecutadas y debidamente justificadas las actuaciones.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha con sujeción
a lo dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de
Depósitos, aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, o conforme disponga
la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha firmante del convenio.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta del Ayuntamiento de Molina de Aragón, no pudiendo imputarse a la
cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía será necesario un informe del Interventor del
Ayuntamiento de Molina de Aragón en el que se haga constar que todas las facturas han
sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de los fondos correspondientes a la
aportación de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha se realizará dentro de los
tres meses siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones mediante la
presentación en castellano de los siguientes documentos la Dirección General de
Turismo, Comercio y Artesanía:
a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor del Ayuntamiento de Molina de Aragón de las
obligaciones reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Informe del Interventor del Ayuntamiento de Molina de Aragón en el que se haga
constar que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario del Ayuntamiento de Molina de Aragón sobre la
realización de las actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados
correspondientes a las mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de
seguimiento.
g) Acta de cierre de la Comisión de seguimiento suscrito por todas las partes del
convenio en el que conste la inversión inicial y la final detallada por actuaciones.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas, la
entidad local procederá a la devolución voluntaria de los remanentes en función de la
aportación inicial de cada una de las administraciones.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio del compromiso de facilitar toda la
información que le sea requerida por los órganos de Intervención y de Control de
Cuentas de la comunidad autónoma en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y
control del destino de las aportaciones objeto del presente convenio.
Séptima. Aportación del Ayuntamiento de Molina de Aragón.
Las aportaciones de la entidad local ejecutante, Ayuntamiento de Molina de Aragón
podrán efectuarse en la primera anualidad o en el primer semestre de la segunda o
tercera anualidad según lo especificado en el cuadro de la financiación de la cláusula
cuarta, con cargo al capítulo de gasto 334-212 de los Presupuestos del ejercicio 2022 y
ejercicio 2023.
cve: BOE-A-2021-21617
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311