III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-21638)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo, para la evaluación de la actividad investigadora de su personal investigador permanente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164958

2. El personal investigador funcionario de la AGE de carrera puede someter la
actividad investigadora realizada cada seis años a una evaluación en la que se juzgará el
rendimiento de la labor investigadora desarrollada durante dicho periodo, atribuyendo la
realización de esta evaluación a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad
Investigadora (CNEAI) del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación (ANECA), de conformidad con lo establecido en el Real
Decreto 310/2019, de 26 de abril, por el que se regula el régimen retributivo del personal
investigador funcionario de las escalas científicas de los Organismos Públicos de
Investigación (OPIS) de la Administración General del Estado y se crea la Comisión
Evaluadora del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica y la Orden
CNU/1181/2019, de 3 de diciembre, por la que se establecen las bases comunes para la
evaluación de la actividad investigadora del personal investigador funcionario de las
escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la AGE.
3. El desarrollo de las competencias en materia de investigación científica y técnica
e innovación de las Comunidades Autónomas a través de sus Estatutos de Autonomía y
de la aprobación de sus marcos normativos, ha dado lugar a sistemas autonómicos de I
+D+i con entidad propia, que coexisten con el sistema promovido desde la
Administración General del Estado (AGE).
4. Que la Fundación ARAID es una fundación privada de iniciativa pública sin
ánimo de lucro, creada en 2005 por el Gobierno de Aragón (Decreto 223/2005, de 25 de
octubre de 2005), para impulsar la I+D+i como factor clave del desarrollo regional y
dependiente de la Consejería de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento del
Gobierno de Aragón.
5. En el marco de sus competencias, la Fundación ARAID tiene interés en que
ANECA, a través de la CNEAI, realice una evaluación de la actividad investigadora del
personal investigador permanente de la Fundación ARAID, equiparable al sistema de
evaluación vigente para el personal investigador funcionario de la AGE que cada seis
años puede someterse a evaluación, de conformidad con el Real Decreto 310/2019,
de 26 de abril, y la Orden CNU/1181/2019, de 3 de diciembre, pero esta equiparación lo
será en cuanto a la evaluación misma considerada, siendo ajena esta equiparación a las
retribuciones que establece el citado Real Decreto 310/2019, de 26 de abril, y en
concreto el complemento de productividad por la actividad investigadora realizada.
De conformidad con lo anterior, ambas partes suscriben el presente Convenio de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS

El presente Convenio formaliza la colaboración por la cual ANECA, a través de la
CNEAI, realice una evaluación de la actividad investigadora del personal investigador
permanente de la Fundación ARAID y en concreto de las figuras que ésta establezca en
la correspondiente convocatoria.
Esta evaluación se realizará con los mismos criterios que aplica la CNEAI en sus
evaluaciones de sexenios de investigación así como de sexenios de transferencia del
conocimiento e innovación. Se realizará por los comités asesores que correspondan de
la CNEAI y se concretará en la emisión de un informe técnico de evaluación de la
actividad investigadora por la CNEAI.
La convocatoria para la evaluación de esta actividad investigadora se realizará por la
Fundación ARAID.

cve: BOE-A-2021-21638
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.