III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-21620)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de La Unión, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Portmán.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164817
de las Bases de Régimen Local con facultad para la suscripción del presente Convenio
por Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 29 de noviembre de 2021, asistido
por la Secretaria de este Ayuntamiento doña Marta Sarrión Gómez, en ejercicio de las
funciones de fe pública que le atribuye el artículo 2.1.a) del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas
instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar el presente
Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para
apoyar la reactivación de la economía y el empleo, crea en su artículo 10 los «Planes de
Sostenibilidad Turística en Destinos», como instrumentos para la prestación, por parte de
la Secretaría de Estado de Turismo, de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso,
adecuación y mejora de los destinos turísticos con el fin de aumentar su sostenibilidad.
Que la Administración General del Estado, en virtud de las competencias reservadas
al Estado por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución (bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica), así como del principio de cooperación,
ha elaborado el Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, integrado
dentro del tercer pilar de «Mejora de la competitividad del destino turístico» del Plan de
Impulso del Sector Turístico presentado por el Gobierno el 18 de junio de 2020.
2. Que la Consejería de Presidencia, Turismo y Deporte de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de la competencia exclusiva en materia de
turismo, atribuida por el artículo 10.uno.16 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la
Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia,
ha desarrollado, asimismo en el ejercicio de sus competencias, diferentes actuaciones
con la finalidad de mejorar la situación turística de Portmán, promoviendo planes,
programas y normas para la modernización y adecuación de la industria turística a las
tendencias de la demanda.
3. Que el Ayuntamiento de La Unión, en virtud de las competencias que le atribuye
el artículo 6 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia,
ha elaborado diversos proyectos para la mejora turística del municipio en relación con las
líneas estratégicas y los programas de la Secretaría de Estado de Turismo y del
Ayuntamiento de La Unión.
4. Que la Comisión Sectorial de Turismo, celebrada el 25 de junio de 2020, aprobó
el «Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos», ratificado en
Conferencia Sectorial de Turismo de fecha 13 de julio de 2020, y ratificada su
actualización en Conferencia Sectorial de Turismo de 30 de marzo de 2021, en
desarrollo del Plan de Impulso al Sector Turístico. El objetivo del Programa es avanzar
en la transformación de los destinos turísticos hacia un modelo basado en la
sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial y, en particular:
– Abordar un gradual reposicionamiento de los destinos turísticos de sol y playa
hacia modelos más competitivos y sostenibles, sin traspasar los límites de su capacidad
de carga ambiental.
– Consolidar modelos turísticos sostenibles en destinos urbanos.
– Impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y/o en
espacios naturales protegidos.
5. Que de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 10 del Real
Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación
económica y el empleo, la Secretaría de Estado de Turismo, las comunidades
autónomas y, en su caso, las entidades locales competentes por razón del territorio
cve: BOE-A-2021-21620
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164817
de las Bases de Régimen Local con facultad para la suscripción del presente Convenio
por Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 29 de noviembre de 2021, asistido
por la Secretaria de este Ayuntamiento doña Marta Sarrión Gómez, en ejercicio de las
funciones de fe pública que le atribuye el artículo 2.1.a) del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas
instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar el presente
Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para
apoyar la reactivación de la economía y el empleo, crea en su artículo 10 los «Planes de
Sostenibilidad Turística en Destinos», como instrumentos para la prestación, por parte de
la Secretaría de Estado de Turismo, de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso,
adecuación y mejora de los destinos turísticos con el fin de aumentar su sostenibilidad.
Que la Administración General del Estado, en virtud de las competencias reservadas
al Estado por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución (bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica), así como del principio de cooperación,
ha elaborado el Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, integrado
dentro del tercer pilar de «Mejora de la competitividad del destino turístico» del Plan de
Impulso del Sector Turístico presentado por el Gobierno el 18 de junio de 2020.
2. Que la Consejería de Presidencia, Turismo y Deporte de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de la competencia exclusiva en materia de
turismo, atribuida por el artículo 10.uno.16 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la
Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia,
ha desarrollado, asimismo en el ejercicio de sus competencias, diferentes actuaciones
con la finalidad de mejorar la situación turística de Portmán, promoviendo planes,
programas y normas para la modernización y adecuación de la industria turística a las
tendencias de la demanda.
3. Que el Ayuntamiento de La Unión, en virtud de las competencias que le atribuye
el artículo 6 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia,
ha elaborado diversos proyectos para la mejora turística del municipio en relación con las
líneas estratégicas y los programas de la Secretaría de Estado de Turismo y del
Ayuntamiento de La Unión.
4. Que la Comisión Sectorial de Turismo, celebrada el 25 de junio de 2020, aprobó
el «Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos», ratificado en
Conferencia Sectorial de Turismo de fecha 13 de julio de 2020, y ratificada su
actualización en Conferencia Sectorial de Turismo de 30 de marzo de 2021, en
desarrollo del Plan de Impulso al Sector Turístico. El objetivo del Programa es avanzar
en la transformación de los destinos turísticos hacia un modelo basado en la
sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial y, en particular:
– Abordar un gradual reposicionamiento de los destinos turísticos de sol y playa
hacia modelos más competitivos y sostenibles, sin traspasar los límites de su capacidad
de carga ambiental.
– Consolidar modelos turísticos sostenibles en destinos urbanos.
– Impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y/o en
espacios naturales protegidos.
5. Que de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 10 del Real
Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación
económica y el empleo, la Secretaría de Estado de Turismo, las comunidades
autónomas y, en su caso, las entidades locales competentes por razón del territorio
cve: BOE-A-2021-21620
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Núm. 311