III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-21619)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia y la Mancomunidad de Municipios de la Mariña Lucense, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Mariña Lucense.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164808

3. Si por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, las actuaciones no
pudieran ser ejecutadas en el plazo previsto, y por tal motivo se solicitara prórroga en el
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la Comunidad Autónoma de
Galicia, estará condicionada, en caso de que su normativa lo permita, a la prestación de
garantía por parte de la Mancomunidad de municipios de la Mariña Lucense y por el
importe de las actuaciones pendientes de ejecución, que habrá de constituirse en
metálico o en aval bancario, y que se mantendrá hasta que la administración autorice su
cancelación, una vez ejecutadas y debidamente justificadas las actuaciones.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Comunidad Autónoma de Galicia con sujeción a lo
dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de Depósitos,
aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta de la Mancomunidad de municipios de la Mariña Lucense, no pudiendo
imputarse a la cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía será necesario un informe del Interventor de la
Mancomunidad de municipios de la Mariña Lucense en el que se haga constar que todas
las facturas han sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de los fondos correspondientes a la
aportación de la Comunidad Autónoma de Galicia se realizará dentro de los tres meses
siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones mediante la presentación
en castellano de los siguientes documentos a la Axencia Turismo de Galicia:
a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor de la Mancomunidad de municipios de la Mariña Lucense
de las obligaciones reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Informe del Interventor de la Mancomunidad de municipios de la Mariña Lucense
en el que se haga constar que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario de la Mancomunidad de municipios de la Mariña
Lucense sobre la realización de las actuaciones, en el que se consignarán los importes
ejecutados correspondientes a las mismas, con el visto bueno del Presidente de la
Comisión de seguimiento.
g) Acta de cierre de la Comisión de seguimiento suscrito por todas las partes del
convenio en el que conste la inversión inicial y la final detallada por actuaciones.

Séptima.

Aportación de la Mancomunidad de municipios de la Mariña Lucense.

Las aportaciones de la Mancomunidad de municipios de la Mariña Lucense podrán
efectuarse en la primera anualidad o en el primer semestre de la segunda o tercera
anualidad, según lo especificado en el cuadro de la financiación de la cláusula cuarta,
con cargo al capítulo de gasto 629-Inversión de los Presupuestos de 2021, 2022 y 2023.

cve: BOE-A-2021-21619
Verificable en https://www.boe.es

En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas, la
entidad local procederá a la devolución voluntaria de los remanentes en función de la
aportación inicial de cada una de las administraciones.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio del compromiso de facilitar toda la
información que le sea requerida por los órganos de Intervención y de Control de
Cuentas de la comunidad autónoma en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y
control del destino de las aportaciones objeto del presente convenio.