III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21612)
Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164690
terrenos y los trabajos preparatorios como la obtención de permisos y la realización de
estudios previos de viabilidad no se consideran el inicio de los trabajos; en el caso de los
traspasos, «inicio de los trabajos» es el momento en que se adquieren los activos
vinculados directamente al establecimiento adquirido.
El comienzo del proyecto tractor se producirá con el comienzo de cualquiera de los
proyectos primarios contenido en él, según la definición anterior.
Artículo 13.
Presupuesto mínimo y máximo de conceptos financiables.
En su caso, el presupuesto financiable mínimo y/o máximo se establecerá en las
correspondientes convocatorias.
Artículo 14.
Régimen de concesión y características de la ayuda.
a) 22-Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y
cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía con bajas emisiones
de carbono, la resiliencia y la adaptación al cambio climático;
b) 23-Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y
cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía circular;
c) 24-Eficiencia energética y proyectos de demostración en PYMES y medidas de
apoyo;
d) 24 bis-Eficiencia energética y proyectos de demostración en grandes empresas y
medidas de apoyo.
Para el resto de actuaciones y siempre que exista disponibilidad presupuestaria para
ello, se podrá proponer ayuda en forma de subvención hasta alcanzar, en función del
presupuesto financiable y los conceptos de gasto en él incluidos, el compromiso del 40%
de contribución de la propuesta a la transición ecológica, completándose el resto de la
ayuda con financiación en forma de préstamo reembolsable.
6. Asimismo, las actuaciones financiadas por la ayuda en forma de subvención
también podrán contribuir con el objetivo de transformación digital, incluyendo por lo
cve: BOE-A-2021-21612
Verificable en https://www.boe.es
1. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al
artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Las ayudas reguladas mediante esta orden podrán tener carácter plurianual y
formalizarse como préstamos, subvenciones o una combinación de ambos, de acuerdo
con lo que establezca cada convocatoria.
3. Las subvenciones y préstamos de los que se puedan beneficiar las propuestas
presentadas a las convocatorias anuales, se financiarán con cargo a las aplicaciones
presupuestarias que se determinen en las correspondientes convocatorias y en el ámbito
del Plan de Recuperación, enmarcadas en la inversión I.2 del componente 12.
4. En el caso de Administraciones Públicas, sus organismos vinculados o
dependientes y las sociedades mercantiles estatales y las fundaciones del sector público
estatal, así como análogas entidades de las Comunidades Autónomas y de las
Entidades Locales, se priorizará la ayuda en forma de subvención siguiendo el orden de
prelación de la puntuación obtenida por el proyecto tractor y hasta agotar el crédito
disponible en la partida presupuestaria correspondiente, completando, en su caso, con
ayuda en forma de préstamo, hasta agotar el crédito disponible.
5. Para el resto de entidades se asignará la concesión de ayuda en forma de
subvención, siguiendo el orden de prelación de la puntuación obtenida por el proyecto
tractor, para aquellas actuaciones que contribuyan de forma efectiva al cumplimiento del
compromiso del 40% de contribución a los objetivos relacionados con el cambio climático
establecido en la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, derivado de
la metodología establecida en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia y comprometido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En concreto, para aquellas actuaciones que sean etiquetadas durante el proceso de
evaluación en alguna de las siguientes clases:
Núm. 311
Martes 28 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 164690
terrenos y los trabajos preparatorios como la obtención de permisos y la realización de
estudios previos de viabilidad no se consideran el inicio de los trabajos; en el caso de los
traspasos, «inicio de los trabajos» es el momento en que se adquieren los activos
vinculados directamente al establecimiento adquirido.
El comienzo del proyecto tractor se producirá con el comienzo de cualquiera de los
proyectos primarios contenido en él, según la definición anterior.
Artículo 13.
Presupuesto mínimo y máximo de conceptos financiables.
En su caso, el presupuesto financiable mínimo y/o máximo se establecerá en las
correspondientes convocatorias.
Artículo 14.
Régimen de concesión y características de la ayuda.
a) 22-Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y
cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía con bajas emisiones
de carbono, la resiliencia y la adaptación al cambio climático;
b) 23-Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y
cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía circular;
c) 24-Eficiencia energética y proyectos de demostración en PYMES y medidas de
apoyo;
d) 24 bis-Eficiencia energética y proyectos de demostración en grandes empresas y
medidas de apoyo.
Para el resto de actuaciones y siempre que exista disponibilidad presupuestaria para
ello, se podrá proponer ayuda en forma de subvención hasta alcanzar, en función del
presupuesto financiable y los conceptos de gasto en él incluidos, el compromiso del 40%
de contribución de la propuesta a la transición ecológica, completándose el resto de la
ayuda con financiación en forma de préstamo reembolsable.
6. Asimismo, las actuaciones financiadas por la ayuda en forma de subvención
también podrán contribuir con el objetivo de transformación digital, incluyendo por lo
cve: BOE-A-2021-21612
Verificable en https://www.boe.es
1. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al
artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Las ayudas reguladas mediante esta orden podrán tener carácter plurianual y
formalizarse como préstamos, subvenciones o una combinación de ambos, de acuerdo
con lo que establezca cada convocatoria.
3. Las subvenciones y préstamos de los que se puedan beneficiar las propuestas
presentadas a las convocatorias anuales, se financiarán con cargo a las aplicaciones
presupuestarias que se determinen en las correspondientes convocatorias y en el ámbito
del Plan de Recuperación, enmarcadas en la inversión I.2 del componente 12.
4. En el caso de Administraciones Públicas, sus organismos vinculados o
dependientes y las sociedades mercantiles estatales y las fundaciones del sector público
estatal, así como análogas entidades de las Comunidades Autónomas y de las
Entidades Locales, se priorizará la ayuda en forma de subvención siguiendo el orden de
prelación de la puntuación obtenida por el proyecto tractor y hasta agotar el crédito
disponible en la partida presupuestaria correspondiente, completando, en su caso, con
ayuda en forma de préstamo, hasta agotar el crédito disponible.
5. Para el resto de entidades se asignará la concesión de ayuda en forma de
subvención, siguiendo el orden de prelación de la puntuación obtenida por el proyecto
tractor, para aquellas actuaciones que contribuyan de forma efectiva al cumplimiento del
compromiso del 40% de contribución a los objetivos relacionados con el cambio climático
establecido en la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, derivado de
la metodología establecida en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia y comprometido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En concreto, para aquellas actuaciones que sean etiquetadas durante el proceso de
evaluación en alguna de las siguientes clases: