II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-21432)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163393
El conocimiento de lengua y méritos de determinación autonómica serán exigidos en
los términos en que, para cada comunidad autónoma, se detallan a continuación:
A. Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto 64/2020 de 5 de mayo, de la
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de
Andalucía).
1.
Méritos de determinación autonómica:
Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y
normativa autonómica de Andalucía son los siguientes:
Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo, como
personal funcionario de carrera o interino, en las entidades locales del territorio de
Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que
formen parte del que forme parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función
pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización
territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A los efectos de la
valoración de esta experiencia, se incluirá la desarrollada en las entidades
instrumentales de las referidas Administraciones Públicas.
Actividades formativas. Se valorará la asistencia y, en su caso, aprovechamiento de
las actividades formativas o divulgativas que, teniendo por objeto las especialidades de
la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estén directamente relacionadas con las funciones reservadas al puesto de trabajo que
se convoca organizadas u homologadas por el Instituto Andaluz de Administración
Pública o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como las titulaciones de
Máster Oficial que reúnan las citadas condiciones, con exclusión de las que formen parte
del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública.
Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de funciones docentes o
como ponente en las actividades a las que se refiere el párrafo b), incluidas las que se
impartan en los procedimientos selectivos para el acceso a la función pública.
Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización
territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con exclusión de
las realizadas por el propio autor.
Desempeño ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en las Administraciones
Públicas andaluzas. Se valorará la permanencia ininterrumpida en el desempeño del
mismo puesto de trabajo en las Administraciones Públicas andaluzas, cualquiera que
sea su forma de provisión siempre que el puesto desde el que se concursa esté
reservado a la misma subescala correspondiente al puesto al que se concursa o que el
instrumento de gestión de personal permita su cobertura por personas integrantes de
esta escala funcionarial.
2.
Valoración de los méritos:
a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en puestos
de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional,
correspondientes a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.
b) Servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en puestos
de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional, de
distinta subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.
c) Servicios prestados en puestos de trabajo, correspondientes al Grupo A, no
reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional: 0,01 puntos por
mes.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
La experiencia profesional se pondera con el 45 % del total del mérito reservado a la
definición por la Comunidad Autónoma de Andalucía, que, referido a concursos estatales
en los que la puntuación máxima a alcanzar sea de 30, se ajustará al baremo siguiente:
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163393
El conocimiento de lengua y méritos de determinación autonómica serán exigidos en
los términos en que, para cada comunidad autónoma, se detallan a continuación:
A. Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto 64/2020 de 5 de mayo, de la
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de
Andalucía).
1.
Méritos de determinación autonómica:
Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y
normativa autonómica de Andalucía son los siguientes:
Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo, como
personal funcionario de carrera o interino, en las entidades locales del territorio de
Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que
formen parte del que forme parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función
pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización
territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A los efectos de la
valoración de esta experiencia, se incluirá la desarrollada en las entidades
instrumentales de las referidas Administraciones Públicas.
Actividades formativas. Se valorará la asistencia y, en su caso, aprovechamiento de
las actividades formativas o divulgativas que, teniendo por objeto las especialidades de
la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estén directamente relacionadas con las funciones reservadas al puesto de trabajo que
se convoca organizadas u homologadas por el Instituto Andaluz de Administración
Pública o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como las titulaciones de
Máster Oficial que reúnan las citadas condiciones, con exclusión de las que formen parte
del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública.
Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de funciones docentes o
como ponente en las actividades a las que se refiere el párrafo b), incluidas las que se
impartan en los procedimientos selectivos para el acceso a la función pública.
Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización
territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con exclusión de
las realizadas por el propio autor.
Desempeño ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en las Administraciones
Públicas andaluzas. Se valorará la permanencia ininterrumpida en el desempeño del
mismo puesto de trabajo en las Administraciones Públicas andaluzas, cualquiera que
sea su forma de provisión siempre que el puesto desde el que se concursa esté
reservado a la misma subescala correspondiente al puesto al que se concursa o que el
instrumento de gestión de personal permita su cobertura por personas integrantes de
esta escala funcionarial.
2.
Valoración de los méritos:
a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en puestos
de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional,
correspondientes a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.
b) Servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en puestos
de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional, de
distinta subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.
c) Servicios prestados en puestos de trabajo, correspondientes al Grupo A, no
reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional: 0,01 puntos por
mes.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
La experiencia profesional se pondera con el 45 % del total del mérito reservado a la
definición por la Comunidad Autónoma de Andalucía, que, referido a concursos estatales
en los que la puntuación máxima a alcanzar sea de 30, se ajustará al baremo siguiente: