II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-21432)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163392
b) De los méritos de determinación autonómica, en los términos y para los puestos
situados en las comunidades autónomas que los hayan establecido, de acuerdo con lo
especificado en la Base quinta.
c) De los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en
los términos establecidos en el artículo 4.7 de la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero,
por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
2. Si únicamente se solicitan puestos ubicados en el País Vasco, la documentación
se dirigirá a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros
Administrativos del Departamento de Gobernanza Pública a través del procedimiento
telemático habilitado para el concurso unitario en la siguiente dirección de internet:
www.euskadj.eus/servicios/1075104.
3. Los requisitos exigidos, así como los méritos alegados, deberán reunirse a la
fecha de la presente Resolución.
4. La fecha de reunión del tribunal de valoración se publicará en la página web del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, junto con la indicación de la fecha máxima
hasta la que se podrán efectuar renuncias a la participación voluntaria en este concurso.
La solicitud de renuncia deberá efectuarse necesariamente a través del procedimiento
electrónico denominado «Renuncia a la participación en el Concurso Unitario de
Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional», en la sede
electrónica administraciones públicas: https://sede.administracionespublicas.gob.es/
Seleccionando: Procedimientos>Empleados Públicos>Subcategoría Personal funcionario
de admón. local con habilitación de carácter nacional> «Renuncia a la participación en el
Concurso Unitario de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional».
No se podrá renunciar de forma parcial a alguno o algunos de los puestos
solicitados.
Cuarta.
Méritos generales.
Los méritos generales por los que se rige este concurso y cuya puntuación alcanzará
un mínimo del 80 por ciento del total posible conforme al baremo correspondiente, son:
1. Los comprendidos en la Resolución de esta misma fecha de esta Dirección
General, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales
del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
2. Los que, en su caso, aleguen y acrediten los y las participantes en los supuestos
referidos a los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
El porcentaje de baremo de méritos generales en el ámbito del País Vasco, se
establece en el 65 por 100.
La puntuación de los méritos correspondientes a las especialidades de la comunidad
autónoma se fijará por cada una de ellas y podrá alcanzar hasta un 15 % del total
posible.
Los certificados de servicios, a efectos de méritos autonómicos, cuando se exijan
como acreditación de la experiencia profesional en puestos reservados a personal
funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, se expedirán
por la comunidad autónoma correspondiente, de acuerdo con los datos inscritos en el
registro integrado de este personal.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Conocimiento de la lengua propia y méritos de determinación autonómica.
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163392
b) De los méritos de determinación autonómica, en los términos y para los puestos
situados en las comunidades autónomas que los hayan establecido, de acuerdo con lo
especificado en la Base quinta.
c) De los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en
los términos establecidos en el artículo 4.7 de la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero,
por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
2. Si únicamente se solicitan puestos ubicados en el País Vasco, la documentación
se dirigirá a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros
Administrativos del Departamento de Gobernanza Pública a través del procedimiento
telemático habilitado para el concurso unitario en la siguiente dirección de internet:
www.euskadj.eus/servicios/1075104.
3. Los requisitos exigidos, así como los méritos alegados, deberán reunirse a la
fecha de la presente Resolución.
4. La fecha de reunión del tribunal de valoración se publicará en la página web del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, junto con la indicación de la fecha máxima
hasta la que se podrán efectuar renuncias a la participación voluntaria en este concurso.
La solicitud de renuncia deberá efectuarse necesariamente a través del procedimiento
electrónico denominado «Renuncia a la participación en el Concurso Unitario de
Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional», en la sede
electrónica administraciones públicas: https://sede.administracionespublicas.gob.es/
Seleccionando: Procedimientos>Empleados Públicos>Subcategoría Personal funcionario
de admón. local con habilitación de carácter nacional> «Renuncia a la participación en el
Concurso Unitario de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional».
No se podrá renunciar de forma parcial a alguno o algunos de los puestos
solicitados.
Cuarta.
Méritos generales.
Los méritos generales por los que se rige este concurso y cuya puntuación alcanzará
un mínimo del 80 por ciento del total posible conforme al baremo correspondiente, son:
1. Los comprendidos en la Resolución de esta misma fecha de esta Dirección
General, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales
del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
2. Los que, en su caso, aleguen y acrediten los y las participantes en los supuestos
referidos a los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
El porcentaje de baremo de méritos generales en el ámbito del País Vasco, se
establece en el 65 por 100.
La puntuación de los méritos correspondientes a las especialidades de la comunidad
autónoma se fijará por cada una de ellas y podrá alcanzar hasta un 15 % del total
posible.
Los certificados de servicios, a efectos de méritos autonómicos, cuando se exijan
como acreditación de la experiencia profesional en puestos reservados a personal
funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, se expedirán
por la comunidad autónoma correspondiente, de acuerdo con los datos inscritos en el
registro integrado de este personal.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Conocimiento de la lengua propia y méritos de determinación autonómica.