II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-21432)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163415
jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogos, no podrán ser objeto de
valoración.
b)
Publicaciones.
Se valorarán las publicaciones en materias relativas a las especialidades de la
organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana. Las publicaciones
tendrán que tener en todo caso número ISBN, ISSN o equivalente.
c)
Colaboraciones.
Serán objeto de valoración las colaboraciones con los órganos de la Generalitat en
materia de régimen local.
2.
Valoración de los méritos:
Experiencia profesional. La experiencia profesional y la permanencia se valorarán
hasta un máximo de 2 puntos, según las reglas siguientes:
a) Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo del mismo grupo y
subgrupo de personal funcionario que el correspondiente a la subescala de habilitación
nacional a la que se concursa: 0,20 por año.
b) Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo de un grupo o
subgrupo diferente del correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que
se concursa: 0,10 por año.
Formación personal. Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos los cursos de
formación y perfeccionamiento que tengan por objeto la formación en alguna de las
áreas de conocimiento propias de la organización territorial y normativa de la Comunitat
Valenciana. La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración de
acuerdo con la escala siguiente:
a)
b)
c)
d)
e)
De 100 o más horas: 1 punto.
De 75 a 99 horas: 0,75 puntos.
De 50 a 74 horas: 0,65 puntos.
De 25 a 49 horas: 0,50 puntos.
De 15 a 24 horas: 0,25 puntos.
3.
Conocimientos de valenciano:
El conocimiento de valenciano se valorará hasta un máximo de 0,75 puntos, de
acuerdo con la escala siguiente:
Certificado de nivel A1: 0,15 puntos.
Certificado nivel A2: 0,25 puntos.
Certificado nivel B1: 0,50 puntos.
Certificado nivel B2: 0,55 puntos.
Certificado nivel C1: 0,65 puntos.
Certificado nivel C2: 0,75 puntos.
En caso de concurrir dos o más certificados acreditativos de conocimientos del
valenciano solo se tendrá en cuenta la puntuación correspondiente al del grado más alto
aportado.
4.
Otros méritos.
Estos méritos se valorarán hasta un máximo de 0,25 puntos, atendidos los criterios
siguientes:
a)
La valoración de la actividad docente será de 0,03 puntos por hora impartida.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 163415
jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogos, no podrán ser objeto de
valoración.
b)
Publicaciones.
Se valorarán las publicaciones en materias relativas a las especialidades de la
organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana. Las publicaciones
tendrán que tener en todo caso número ISBN, ISSN o equivalente.
c)
Colaboraciones.
Serán objeto de valoración las colaboraciones con los órganos de la Generalitat en
materia de régimen local.
2.
Valoración de los méritos:
Experiencia profesional. La experiencia profesional y la permanencia se valorarán
hasta un máximo de 2 puntos, según las reglas siguientes:
a) Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo del mismo grupo y
subgrupo de personal funcionario que el correspondiente a la subescala de habilitación
nacional a la que se concursa: 0,20 por año.
b) Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo de un grupo o
subgrupo diferente del correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que
se concursa: 0,10 por año.
Formación personal. Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos los cursos de
formación y perfeccionamiento que tengan por objeto la formación en alguna de las
áreas de conocimiento propias de la organización territorial y normativa de la Comunitat
Valenciana. La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración de
acuerdo con la escala siguiente:
a)
b)
c)
d)
e)
De 100 o más horas: 1 punto.
De 75 a 99 horas: 0,75 puntos.
De 50 a 74 horas: 0,65 puntos.
De 25 a 49 horas: 0,50 puntos.
De 15 a 24 horas: 0,25 puntos.
3.
Conocimientos de valenciano:
El conocimiento de valenciano se valorará hasta un máximo de 0,75 puntos, de
acuerdo con la escala siguiente:
Certificado de nivel A1: 0,15 puntos.
Certificado nivel A2: 0,25 puntos.
Certificado nivel B1: 0,50 puntos.
Certificado nivel B2: 0,55 puntos.
Certificado nivel C1: 0,65 puntos.
Certificado nivel C2: 0,75 puntos.
En caso de concurrir dos o más certificados acreditativos de conocimientos del
valenciano solo se tendrá en cuenta la puntuación correspondiente al del grado más alto
aportado.
4.
Otros méritos.
Estos méritos se valorarán hasta un máximo de 0,25 puntos, atendidos los criterios
siguientes:
a)
La valoración de la actividad docente será de 0,03 puntos por hora impartida.
cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
c)
d)
e)
f)