II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-21432)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

4.

Sec. II.B. Pág. 163405

Acreditación de méritos:

Los y las concursantes deberán acreditar los méritos que aleguen mediante
la presentación del certificado correspondiente expedido por el órgano competente o la
copia del título debidamente compulsada.
5.

Valoración de los méritos por el Tribunal:

El tribunal de valoración del concurso comprobará y valorará los méritos alegados de
acuerdo con las reglas y las puntuaciones establecidas en este Decreto.
I. Comunidad Autónoma de Extremadura (Decreto 6/1995, de 21 de febrero, de la
Consejería de Presidencia y Trabajo de la Junta de Extremadura).
1.

Méritos de determinación autonómica:

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la
organización territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de su normativa
específica son:
La experiencia profesional, consistente en el desempeño de un puesto de trabajo en
las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en situación de
servicios en comunidades autónomas, o en las entidades locales sitas en su territorio,
que implique el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la
normativa de Extremadura.
Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos, superados, homologados o
reconocidos por el centro de formación de personal funcionario de la Junta de
Extremadura o, en colaboración con éste, por las universidades, centros de enseñanza
superior u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento del
personal funcionario, siempre que sean homologados por el centro de formación de
personal funcionario de la Junta de Extremadura a los efectos de este artículo, y que
tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de
Extremadura.
La actividad docente, dirigida a la enseñanza de las materias sobre normativa de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, organización territorial, régimen local y
urbanismo que incida en la legislación autonómica, en cursos organizados por la
Comunidad Autónoma de Extremadura o en colaboración con ésta, por universidades,
centro de enseñanza superior o en el Instituto Nacional de Administración Pública.
Las publicaciones en materia relativas a las especialidades de la organización
territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2.

Valoración de los méritos:

• Servicios prestados en la Comunidad Autónoma de Extremadura como funcionario
de la misma, en puestos de trabajo reservados a los grupos A o B: 0,03 ptos./mes.
• Servicios prestados en las Entidades Locales de Extremadura en puestos de
trabajo; de la misma categoría y subescala en la que se concursa: 0,03 ptos./mes;
de otras subescalas: 0,03 ptos./mes.

cve: BOE-A-2021-21432
Verificable en https://www.boe.es

– Servicios prestados se valorarán, hasta un máximo de 1,40 puntos, del modo
siguiente: