III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-21535)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de diciembre de 2021
PROYECTO Nº: 6
DESINSTITUCIONALIZACIÓN DE
MENORES EN PROTECCIÓN PARA LA
CREACION DE UNA RED DE
INMUEBLES / CENTRO TERAPEUTICO
PARA MENORES.
Sec. III. Pág. 164112
LÍNEA: C22.I2
Por otra parte, el acogimiento residencial especializado o
terapéutico, está dirigido a adolescentes con graves
problemas emocionales y conductuales, es un recurso
altamente específico que viene definido por su capacidad
para realizar un abordaje educativo y terapéutico integral
de alta intensidad, además de cumplir todas las funciones
del acogimiento de menores como medida protectora.
El objetivo fundamental es lograr que para cada niño exista
una alternativa que cubra convenientemente sus
necesidades específicas.
Con este objetivo, el Gobierno de La Rioja proyecta la
adquisición de múltiples inmuebles (que podría llevar
aparejada su reforma o adaptación a los fines
perseguidos), así como su equipamiento, con un doble
objetivo:
(i) La atención integral para ofrecer al menor de forma
temporal todo lo necesario para su desarrollo personal, es
decir, alojamiento, manutención, educación, formación,
etc., hasta que puedan retomar a su familia de origen o
bien se adopte una medida alternativa.
(ii) La creación de inmuebles tutelados o unidades de
convivencia para menores que formen núcleos con
vivenciales para jóvenes entre los 16 y 17 años derivados
de los centros o pisos para desarrollar la autonomía
personal y la integración sociolaboral de cara a la mayoría
de edad.
En definitiva, se trata de abandonar y clausurar
macrocentros de menores en protección para tejer una red
de inmuebles que permita una atención individualizada,
cercana, familiar, etc. más próxima a los modelos
normalizados de familia. Además, su diseminación por
Logroño u otros municipios, impedirá el estigma social que
implica residir en estos centros.
El Proyecto Educativo, en el caso de los centros
terapeúticos, debe basarse en la adhesión a algún modelo
de trabajo terapéutico que fundamente y vertebre todas las
actividades
y
actuaciones.
Las
características
fundamentales de este tipo de recursos serían:
cve: BOE-A-2021-21535
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310
1. Al igual que el acogimiento residencial en general, es
una medida educativa, en el sentido más integral.
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Lunes 27 de diciembre de 2021
PROYECTO Nº: 6
DESINSTITUCIONALIZACIÓN DE
MENORES EN PROTECCIÓN PARA LA
CREACION DE UNA RED DE
INMUEBLES / CENTRO TERAPEUTICO
PARA MENORES.
Sec. III. Pág. 164112
LÍNEA: C22.I2
Por otra parte, el acogimiento residencial especializado o
terapéutico, está dirigido a adolescentes con graves
problemas emocionales y conductuales, es un recurso
altamente específico que viene definido por su capacidad
para realizar un abordaje educativo y terapéutico integral
de alta intensidad, además de cumplir todas las funciones
del acogimiento de menores como medida protectora.
El objetivo fundamental es lograr que para cada niño exista
una alternativa que cubra convenientemente sus
necesidades específicas.
Con este objetivo, el Gobierno de La Rioja proyecta la
adquisición de múltiples inmuebles (que podría llevar
aparejada su reforma o adaptación a los fines
perseguidos), así como su equipamiento, con un doble
objetivo:
(i) La atención integral para ofrecer al menor de forma
temporal todo lo necesario para su desarrollo personal, es
decir, alojamiento, manutención, educación, formación,
etc., hasta que puedan retomar a su familia de origen o
bien se adopte una medida alternativa.
(ii) La creación de inmuebles tutelados o unidades de
convivencia para menores que formen núcleos con
vivenciales para jóvenes entre los 16 y 17 años derivados
de los centros o pisos para desarrollar la autonomía
personal y la integración sociolaboral de cara a la mayoría
de edad.
En definitiva, se trata de abandonar y clausurar
macrocentros de menores en protección para tejer una red
de inmuebles que permita una atención individualizada,
cercana, familiar, etc. más próxima a los modelos
normalizados de familia. Además, su diseminación por
Logroño u otros municipios, impedirá el estigma social que
implica residir en estos centros.
El Proyecto Educativo, en el caso de los centros
terapeúticos, debe basarse en la adhesión a algún modelo
de trabajo terapéutico que fundamente y vertebre todas las
actividades
y
actuaciones.
Las
características
fundamentales de este tipo de recursos serían:
cve: BOE-A-2021-21535
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310
1. Al igual que el acogimiento residencial en general, es
una medida educativa, en el sentido más integral.
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