III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2021-21545)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista para 2022 y la cuota para su financiación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Segundo.

Sec. III. Pág. 164238

Cálculo de la retribución del gestor técnico del sistema para 2022.

De acuerdo con el artículo 3 de la Circular 1/2020, la retribución del gestor técnico

𝐺𝑇𝑆
𝐺𝑇𝑆
𝑅𝑇2022
, está compuesta por una base de retribución, 𝐵𝑅𝑒𝑡2022, el importe
𝐺𝑇𝑆
anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones, 𝐶𝑅2022, un tramo de
𝐺𝑇𝑆
𝐺𝑇𝑆
retribución por incentivos, 𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2022 y un término, 𝐷2022, que recoge la diferencia,

del sistema,

positiva o negativa, entre las cantidades percibidas por el gestor técnico del sistema por
la aplicación de la cuota y la retribución anual y la diferencia entre la estimación del
término de retribución por incentivos y la cuantía que resulte de conformidad con el nivel
de cumplimiento de los mismos. Ambas diferencias se incorporan en la retribución del
año n+2. No obstante, en el caso de la diferencia entre la aplicación de la cuota y la
retribución anual, en el año n+1 se reconoce provisionalmente una estimación de la misma.
𝐺𝑇𝑆

La base de retribución, 𝐵𝑅𝑒𝑡2022 es aquella del periodo regulatorio 2021-2023, y se
calcula de acuerdo con el artículo 4 de la Circular 1/2020, a partir de un término de
retribución por OPEX (14.904 miles de euros), un margen del 5% sobre este término
(745 miles de euros), un término de amortización estándar (8.650 miles de euros) y un
término de retribución financiera estándar (708 miles de euros). Su valor se establece,
así como el de los términos para su cálculo, para el periodo regulatorio 2021-2023, en la
disposición adicional primera de la Circular 1/2020, ascendiendo a 25.007 miles de euros.
El importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones,

𝐺𝑇𝑆
𝐶𝑅2022
, sigue lo establecido en el artículo 9 de la Circular 1/2020, devengándose un

tercio cada año del periodo regulatorio. Su valor se establece en la disposición adicional
primera de la Circular 1/2020, siendo de 1.667 miles de euros.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la Circular 1/2020, se ha
𝐺𝑇𝑆

incorporado una estimación del término de retribución por incentivos, 𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2022,
consistente con un nivel de cumplimiento máximo, aplicando el límite superior del 2%
considerado para el primer periodo regulatorio, según se establece en la disposición
adicional segunda de la Circular 1/2020, sin perjuicio del ajuste de la diferencia con el
nivel de cumplimiento que se determine posteriormente de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 13.2 de la Circular 1/2020. Este término asciende a 500 miles de euros.
𝐺𝑇𝑆

En cuanto al término 𝐷2022, en particular para 2022, recoge la diferencia, positiva o
negativa, entre las cantidades percibidas por el gestor técnico del sistema por la
aplicación de la cuota en 2020 (24.012 miles de euros) y la retribución anual de ese
mismo año (25.007 miles de euros), detrayendo la estimación provisional de la diferencia
en 2020 reconocida en la Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la cuantía de
retribución del gestor técnico del sistema para 2021 y la cuota para su financiación (0
miles de euros). Esto resulta en un saldo a recuperar por el GTS de 995 miles de euros.
Asimismo, el término D en 2022 recoge la estimación provisional de la diferencia entre la
aplicación de la cuota en 2021 (27.400 miles de euros) y la retribución anual de ese
mismo año (27.174 miles de euros), resultando en un saldo a devolver por el GTS
de 226 miles de euros. Considerando todo lo anterior, el término D resulta en un saldo a
recuperar por el GTS de 769 miles de euros.

𝐺𝑇𝑆
𝑅𝑇2022
,

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑂𝑝𝑒𝑥2021−2023

TÉRMINO DE RETRIBUCIÓN POR OPEX.

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑀𝑎𝑟𝑔_𝑂𝑝𝑒𝑥2021−2023

MARGEN SOBRE EL TÉRMINO DE RETRIBUCIÓN
POR OPEX.

745

𝐺𝑇𝑆
𝐵𝑀𝑎𝑟𝑔𝑒𝑛2021−2023

MARGEN (%).

5%

14.904

cve: BOE-A-2021-21545
Verificable en https://www.boe.es

En consecuencia, la retribución del gestor técnico del sistema para 2022,
asciende a 27.943 miles de euros.