V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-52464)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno en Cantabria, por la que se acuerda la revocación de resoluciones sancionadoras afectadas por la Sentencia 148/2021 del Tribunal Constitucional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 77332

o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad’’.
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: "Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya
transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables,
siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las
leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento
jurídico’’.
QUINTO.-En virtud del artículo 32.1.c) de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de
marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, que atribuye la competencia
sancionadora por la comisión de infracciones graves en dicho ámbito a los
Delegados del Gobierno en la Comunidades Autónomas y en las Ciudades de
Ceuta y Melilla, corresponde a la Delegada del Gobierno en Cantabria la
competencia para dictar la presente resolución de revocación.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas:
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse Recurso de Alzada, de acuerdo a los artículos 112 y 121 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ante el Ministro del Interior en el plazo máximo de un
mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este escrito, pudiendo
presentarlo directamente ante dicho órgano o ante esta Delegación del Gobierno,
en cualquiera de los lugares relacionados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente/Año
4701/2020
4702/2020
4704/2020
4705/2020
4706/2020
4707/2020
4709/2020
4710/2020
4712/2020
4713/2020
4715/2020
4719/2020

NIF/NIE
72036202H
72177631C
Y2095426W
72066195L
72045237Z
13902810T
72125093Z
13766511E
02304580A
13773065K
13718461L
72058717Q

cve: BOE-B-2021-52464
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO RESOLUCIÓN