V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-52464)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno en Cantabria, por la que se acuerda la revocación de resoluciones sancionadoras afectadas por la Sentencia 148/2021 del Tribunal Constitucional.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 77331

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL

52464

Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno
en Cantabria, por la que se acuerda la revocación de resoluciones
sancionadoras afectadas por la Sentencia 148/2021 del Tribunal
Constitucional.

Vistos los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo
de la presente resolución y analizados los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Esta Delegación del Gobierno del Gobierno dictó en su momento
resolución sancionadora respecto de los procedimientos objeto de la presente
resolución y relacionados en el Anexo, por incumplimiento de los apartados 1, 3 o
5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara
el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19, de conformidad con las instrucciones cursadas por el Ministro del
Interior a las Delegaciones del Gobierno, en las que se consideraba que el
incumplimiento de tales preceptos constituía desobediencia a las órdenes del
Gobierno y su inobservancia subsumida dentro de la infracción grave del artículo
36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad
Ciudadana.
SEGUNDO.- En las mencionadas resoluciones se imponían sanciones de
multa por importe de 601 €, no constando que se haya procedido al pago de las
mismas.
Y teniendo en cuenta los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone
que: "El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquier que
haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte,
su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión,
siempre que sea el mismo órgano que deba tramitar y resolver el procedimiento.
Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno’’.

TERCERO.- El artículo 40.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del
Tribunal Constitucional establece que: "Las sentencias declaratorias de la
inconstitucionalidad de Leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley no
permitirán revisar procesos fenecidos mediante sentencia con fuerza de cosa
juzgada en los que se haya hecho aplicación de las Leyes, disposiciones o actos
inconstitucionales, salvo en el caso de los procesos penales o contenciosoadministrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como
consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena

cve: BOE-B-2021-52464
Verificable en https://www.boe.es

SEGUNDO.- La Sentencia 148/2021, de 14 de julio, dictada por el Pleno del
Tribunal Constitucional, declaró inconstitucionales y nulos los apartados 1, 3 y 5
del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el
estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.