III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-21496)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y la Mancomunidad Comarca Avilés, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Comarca de Avilés.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163889
empezará a contar a partir de la efectividad de dicha aportación hasta la finalización del
convenio.
La entidad local autoriza a la Comunidad Autónoma a obtener de forma directa, a los
efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se encuentra al
corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. Si por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, las actuaciones no
pudieran ser ejecutadas en el plazo previsto, y por tal motivo se solicitara prórroga en el
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias, estará condicionada, en caso de que su normativa lo permita, a
la prestación de garantía por parte de la Mancomunidad Comarca Avilés y por el importe
de las actuaciones pendientes de ejecución, que habrá de constituirse en metálico o en
aval bancario, y que se mantendrá hasta que la administración autorice su cancelación,
una vez ejecutadas y debidamente justificadas las actuaciones.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias con
sujeción a lo dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General
de Depósitos, aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre o conforme
disponga la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias firmante del convenio
según el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto
refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta de la Mancomunidad Comarca Avilés, no pudiendo imputarse a la
cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía será necesario un informe del Interventor de la
Mancomunidad Comarca Avilés en el que se haga constar que todas las facturas han
sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de los fondos correspondientes a la
aportación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se realizará dentro de
los tres meses siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones mediante
la presentación en castellano de los siguientes documentos al Servicio de Promoción,
Desarrollo y Sostenibilidad Turística:
a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor de la Mancomunidad Comarca Avilés de las obligaciones
reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Informe del Interventor de la Mancomunidad Comarca Avilés en el que se haga
constar que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario de la Mancomunidad Comarca Avilés sobre la
realización de las actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados
correspondientes a las mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de
seguimiento.
g) Acta de cierre de la Comisión de seguimiento suscrito por todas las partes del
convenio en el que conste la inversión inicial y la final detallada por actuaciones.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas, la
entidad local procederá a la devolución voluntaria de los remanentes en función de la
aportación inicial de cada una de las administraciones.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio del compromiso de facilitar toda la
información que le sea requerida por los órganos de Intervención y de Control de
Cuentas de la Comunidad Autónoma noma en el ejercicio de sus funciones de
fiscalización y control del destino de las aportaciones objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2021-21496
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163889
empezará a contar a partir de la efectividad de dicha aportación hasta la finalización del
convenio.
La entidad local autoriza a la Comunidad Autónoma a obtener de forma directa, a los
efectos del presente convenio, la acreditación de que la entidad local se encuentra al
corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3. Si por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, las actuaciones no
pudieran ser ejecutadas en el plazo previsto, y por tal motivo se solicitara prórroga en el
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias, estará condicionada, en caso de que su normativa lo permita, a
la prestación de garantía por parte de la Mancomunidad Comarca Avilés y por el importe
de las actuaciones pendientes de ejecución, que habrá de constituirse en metálico o en
aval bancario, y que se mantendrá hasta que la administración autorice su cancelación,
una vez ejecutadas y debidamente justificadas las actuaciones.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias con
sujeción a lo dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General
de Depósitos, aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre o conforme
disponga la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias firmante del convenio
según el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto
refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta de la Mancomunidad Comarca Avilés, no pudiendo imputarse a la
cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía será necesario un informe del Interventor de la
Mancomunidad Comarca Avilés en el que se haga constar que todas las facturas han
sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de los fondos correspondientes a la
aportación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se realizará dentro de
los tres meses siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones mediante
la presentación en castellano de los siguientes documentos al Servicio de Promoción,
Desarrollo y Sostenibilidad Turística:
a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor de la Mancomunidad Comarca Avilés de las obligaciones
reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Informe del Interventor de la Mancomunidad Comarca Avilés en el que se haga
constar que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario de la Mancomunidad Comarca Avilés sobre la
realización de las actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados
correspondientes a las mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de
seguimiento.
g) Acta de cierre de la Comisión de seguimiento suscrito por todas las partes del
convenio en el que conste la inversión inicial y la final detallada por actuaciones.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas, la
entidad local procederá a la devolución voluntaria de los remanentes en función de la
aportación inicial de cada una de las administraciones.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio del compromiso de facilitar toda la
información que le sea requerida por los órganos de Intervención y de Control de
Cuentas de la Comunidad Autónoma noma en el ejercicio de sus funciones de
fiscalización y control del destino de las aportaciones objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2021-21496
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310