III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-21496)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y la Mancomunidad Comarca Avilés, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Comarca de Avilés.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 163888

de constituirse en metálico o en aval bancario, y que se mantendrá hasta que la
Administración autorice su cancelación, una vez ejecutadas y debidamente justificadas.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Secretaría de Estado de Turismo con sujeción a lo
dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de Depósitos,
aprobado por Real Decreto 937/2020 de 27 de octubre.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta de la entidad local, no pudiendo imputarse a la cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía, será necesario un informe del Interventor de la
Mancomunidad Comarca Avilés en el que se haga constar que todas las facturas han
sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes a la Secretaría de Estado de Turismo se realizará dentro de los seis
meses siguientes al término del plazo de ejecución del convenio, mediante la
presentación en castellano de los siguientes documentos ante la Secretaría de Estado
de Turismo:
a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor de la Mancomunidad Comarca Avilés de las obligaciones
reconocidas imputadas a cada actuación.
e) Certificado del Interventor de la Mancomunidad Comarca Avilés en el que se
haga constar que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario de la Mancomunidad Comarca Avilés de que se han
realizado las actuaciones en el que se consignarán los importes ejecutados
correspondientes a las mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de
Seguimiento.
g) Acta de cierre de la Comisión de Seguimiento suscrita por todas las partes del
convenio en el que conste la inversión inicial y la final detallada por actuaciones.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas, la
entidad local procederá a la devolución voluntaria de los remanentes en función de la
aportación inicial de cada una de las administraciones.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de las funciones de control financiero y de
fiscalización de las aportaciones objeto del presente convenio, que correspondan a otros
órganos del Estado (Intervención General del Estado o Intervención Delegada
correspondiente y el Tribunal de Cuentas), por lo que en cualquier momento se podrán
exigir las facturas originales o copias autenticadas conforme a la Ley que justifiquen la
inversión realizada.
Aportación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

1. Las aportaciones de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias podrán
efectuarse en la primera anualidad o en el primer semestre de la segunda o tercera
anualidad según lo especificado en el cuadro de la financiación de la cláusula cuarta, con
cargo al capítulo de gasto 18.02.751A.760.007 de los Presupuestos Generales del
Principado de Asturias (ejercicio 2022).
2. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias transferirá el importe a la
Mancomunidad Comarca Avilés, como financiación anticipada, conforme a lo establecido
por el artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. La aportación podrá
financiar las actuaciones a realizar en los restantes ejercicios del convenio. El plazo de
ejecución de las actuaciones financiadas con la aportación de la Comunidad Autónoma

cve: BOE-A-2021-21496
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Sexta.