III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-21495)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Eivissa, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en La Marina, Puerto y Ciudad de Eivissa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 163876

3. Si por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, las actuaciones no
pudieran ser ejecutadas en el plazo previsto, y por tal motivo se solicitara prórroga en el
plazo de ejecución y justificación, su concesión por parte de la Secretaría de Estado de
Turismo, estará condicionada a la prestación de garantía por parte del Ajuntament
d’Eivissa y por el importe de las actuaciones pendientes de ejecución, que habrá de
constituirse en metálico o en aval bancario, y que se mantendrá hasta que la
Administración autorice su cancelación, una vez ejecutadas y debidamente justificadas.
La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales, a disposición de la Secretaría de Estado de Turismo con sujeción a lo
dispuesto en el Título II, capítulo I o III del Reglamento de la Caja General de Depósitos,
aprobado por Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre.
La garantía no podrá ser pignorada y los gastos que genere la prestación del aval
serán por cuenta de la entidad local, no pudiendo imputarse a la cuenta del Plan.
Para la cancelación de la garantía, será necesario un informe del Interventor del
Ajuntament d’Eivissa en el que se haga constar que todas las facturas han sido pagadas.
4. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes a la Secretaría de Estado de Turismo se realizará dentro de los seis
meses siguientes al término del plazo de ejecución del convenio, mediante la
presentación en castellano de los siguientes documentos ante la Secretaría de Estado
de Turismo:
a) Memoria general de las actuaciones realizadas con la ayuda del plan, en la que
se recoja el grado de cumplimiento alcanzado en relación con los objetivos propuestos,
así como la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad Turística en Destino.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del plan en medios de comunicación.
d) Informe del Interventor del Ajuntament d’Eivissa de las obligaciones reconocidas
imputadas a cada actuación.
e) Certificado del Interventor del Ajuntament d’Eivissa en el que se haga constar
que todas las facturas han sido pagadas.
f) Certificado del Secretario del Ajuntament d’Eivissa de que se han realizado las
actuaciones en el que se consignarán los importes ejecutados correspondientes a las
mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión de Seguimiento.
g) Acta de cierre de la Comisión de Seguimiento suscrita por todas las partes del
convenio en el que conste la inversión inicial y la final detallada por actuaciones.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas, la
entidad local procederá a la devolución voluntaria de los remanentes en función de la
aportación inicial de cada una de las administraciones.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de las funciones de control financiero y de
fiscalización de las aportaciones objeto del presente convenio, que correspondan a otros
órganos del Estado (Intervención General del Estado o Intervención Delegada
correspondiente y el Tribunal de Cuentas), por lo que en cualquier momento se podrán
exigir las facturas originales o copias autenticadas conforme a la Ley que justifiquen la
inversión realizada.
Sexta. Aportación de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
1. Las aportaciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a través de
la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB), se efectuarán en el primer
semestre de la segunda anualidad según lo especificado en el cuadro de financiación de
la cláusula cuarta, con cargo al capítulo de gasto Inversiones reales del presupuesto de
la AETIB para el ejercicio 2022.
2. La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a través de la AETIB, transferirá
el importe al Ajuntament d’Eivissa, como financiación anticipada, conforme a lo

cve: BOE-A-2021-21495
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Núm. 310