III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-21495)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Eivissa, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en La Marina, Puerto y Ciudad de Eivissa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163873
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas
instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para
apoyar la reactivación de la economía y el empleo, crea en su artículo 10 los «Planes de
Sostenibilidad Turística en Destinos», como instrumentos para la prestación, por parte de
la Secretaría de Estado de Turismo, de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso,
adecuación y mejora de los destinos turísticos con el fin de aumentar su sostenibilidad.
Que la Administración General del Estado, en virtud de las competencias reservadas
al Estado por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución (bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica), así como del principio de cooperación,
ha elaborado el Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, integrado
dentro del tercer pilar de «Mejora de la competitividad del destino turístico» del Plan de
Impulso del Sector Turístico presentado por el Gobierno el 18 de junio de 2020.
2. Que la Consellería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de la Comunidad
Autónoma de las Islas Baleares, a través de la Agencia de Estrategia Turística de las
Illes Balears, en virtud de la competencia exclusiva en materia de turismo, atribuida por
el artículo 30 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25
de febrero, en la redacción vigente operada por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero,
ha desarrollado, asimismo en el ejercicio de sus competencias, diferentes actuaciones
con la finalidad de mejorar la situación turística del municipio de Eivissa, promoviendo
planes, programas y normas para la modernización y adecuación de la industria turística
a las tendencias de la demanda.
La Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears tiene entre sus funciones la de
elaborar la estrategia turística y realizar la planificación general y el fomento de la
actividad económica de las islas que afecta al sector turístico en sus diferentes ámbitos
de intervención, entre los que figura el impulso a la modernización e innovación del
sistema turístico de Baleares, promoviendo planes, programas y normas para la
modernización y adecuación de la industria turística a las tendencias de la demanda. Es
por ello que será la entidad encargada del seguimiento de los Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos, y en concreto, del Plan de sostenibilidad turística en la Marina,
Puerto y Ciudad de Eivissa.
3. Que el Ajuntament d’Eivissa, en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
ha elaborado diversos proyectos para la mejora turística del municipio en relación con las
líneas estratégicas y los programas de la Secretaría de Estado de Turismo y del
Ajuntament d’Eivissa.
4. Que la Comisión Sectorial de Turismo, celebrada el 25 de junio de 2020, aprobó
el «Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos», ratificado en
Conferencia Sectorial de Turismo de fecha 13 de julio de 2020, y ratificada su
actualización en Conferencia Sectorial de Turismo de 30 de marzo de 2021, en
desarrollo del Plan de Impulso al Sector Turístico. El objetivo del Programa es avanzar
en la transformación de los destinos turísticos hacia un modelo basado en la
sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial y, en particular:
– Abordar un gradual reposicionamiento de los destinos turísticos de sol y playa
hacia modelos más competitivos y sostenibles, sin traspasar los límites de su capacidad
de carga ambiental
– Consolidar modelos turísticos sostenibles en destinos urbanos
– Impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y/o en
espacios naturales protegidos
cve: BOE-A-2021-21495
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 163873
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas
instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para
apoyar la reactivación de la economía y el empleo, crea en su artículo 10 los «Planes de
Sostenibilidad Turística en Destinos», como instrumentos para la prestación, por parte de
la Secretaría de Estado de Turismo, de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso,
adecuación y mejora de los destinos turísticos con el fin de aumentar su sostenibilidad.
Que la Administración General del Estado, en virtud de las competencias reservadas
al Estado por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución (bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica), así como del principio de cooperación,
ha elaborado el Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, integrado
dentro del tercer pilar de «Mejora de la competitividad del destino turístico» del Plan de
Impulso del Sector Turístico presentado por el Gobierno el 18 de junio de 2020.
2. Que la Consellería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de la Comunidad
Autónoma de las Islas Baleares, a través de la Agencia de Estrategia Turística de las
Illes Balears, en virtud de la competencia exclusiva en materia de turismo, atribuida por
el artículo 30 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25
de febrero, en la redacción vigente operada por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero,
ha desarrollado, asimismo en el ejercicio de sus competencias, diferentes actuaciones
con la finalidad de mejorar la situación turística del municipio de Eivissa, promoviendo
planes, programas y normas para la modernización y adecuación de la industria turística
a las tendencias de la demanda.
La Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears tiene entre sus funciones la de
elaborar la estrategia turística y realizar la planificación general y el fomento de la
actividad económica de las islas que afecta al sector turístico en sus diferentes ámbitos
de intervención, entre los que figura el impulso a la modernización e innovación del
sistema turístico de Baleares, promoviendo planes, programas y normas para la
modernización y adecuación de la industria turística a las tendencias de la demanda. Es
por ello que será la entidad encargada del seguimiento de los Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos, y en concreto, del Plan de sostenibilidad turística en la Marina,
Puerto y Ciudad de Eivissa.
3. Que el Ajuntament d’Eivissa, en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
ha elaborado diversos proyectos para la mejora turística del municipio en relación con las
líneas estratégicas y los programas de la Secretaría de Estado de Turismo y del
Ajuntament d’Eivissa.
4. Que la Comisión Sectorial de Turismo, celebrada el 25 de junio de 2020, aprobó
el «Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos», ratificado en
Conferencia Sectorial de Turismo de fecha 13 de julio de 2020, y ratificada su
actualización en Conferencia Sectorial de Turismo de 30 de marzo de 2021, en
desarrollo del Plan de Impulso al Sector Turístico. El objetivo del Programa es avanzar
en la transformación de los destinos turísticos hacia un modelo basado en la
sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial y, en particular:
– Abordar un gradual reposicionamiento de los destinos turísticos de sol y playa
hacia modelos más competitivos y sostenibles, sin traspasar los límites de su capacidad
de carga ambiental
– Consolidar modelos turísticos sostenibles en destinos urbanos
– Impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y/o en
espacios naturales protegidos
cve: BOE-A-2021-21495
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310