I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Medidas administrativas. (BOE-A-2021-21397)
Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 163338
Disposición final sexta. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 12/2018,
de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible.
La Ley del Principado de Asturias 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y
Movilidad Sostenible, se modifica como sigue:
Uno. Se modifica el apartado 6 del artículo 21, que queda redactado en los
siguientes términos:
«6. Los estudios de evaluación de la movilidad generada deben incorporarse
al plan como un documento complementario al mismo y tramitarse y someterse a
información pública conjuntamente con este. En su tramitación, una vez producida
la aprobación inicial del instrumento de ordenación territorial o urbanística de que
se trate, será preceptiva la emisión de informe favorable de la autoridad
administrativa competente en materia de movilidad».
Dos. Se añade una disposición transitoria en la Ley del Principado de
Asturias 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible, con la
siguiente redacción:
«Disposición transitoria única.
Régimen transitorio.
La regulación de la inclusión, por norma general, de estudios de evaluación de
la movilidad generada a que se refiere el artículo 21, apartado 3, se aplicará a
todos aquellos instrumentos de ordenación territorial y urbanística que en dicho
precepto se citan cuya aprobación inicial no se haya producido a la entrada en
vigor de esta ley».
Disposición final séptima.
Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley,
coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la
guarden y la hagan guardar.
Oviedo, 1 de diciembre de 2021.–El Presidente del Principado de Asturias, Adrián
Barbón Rodríguez.
cve: BOE-A-2021-21397
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 233, de 3 de diciembre de 2021)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 310
Lunes 27 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 163338
Disposición final sexta. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 12/2018,
de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible.
La Ley del Principado de Asturias 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y
Movilidad Sostenible, se modifica como sigue:
Uno. Se modifica el apartado 6 del artículo 21, que queda redactado en los
siguientes términos:
«6. Los estudios de evaluación de la movilidad generada deben incorporarse
al plan como un documento complementario al mismo y tramitarse y someterse a
información pública conjuntamente con este. En su tramitación, una vez producida
la aprobación inicial del instrumento de ordenación territorial o urbanística de que
se trate, será preceptiva la emisión de informe favorable de la autoridad
administrativa competente en materia de movilidad».
Dos. Se añade una disposición transitoria en la Ley del Principado de
Asturias 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible, con la
siguiente redacción:
«Disposición transitoria única.
Régimen transitorio.
La regulación de la inclusión, por norma general, de estudios de evaluación de
la movilidad generada a que se refiere el artículo 21, apartado 3, se aplicará a
todos aquellos instrumentos de ordenación territorial y urbanística que en dicho
precepto se citan cuya aprobación inicial no se haya producido a la entrada en
vigor de esta ley».
Disposición final séptima.
Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley,
coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la
guarden y la hagan guardar.
Oviedo, 1 de diciembre de 2021.–El Presidente del Principado de Asturias, Adrián
Barbón Rodríguez.
cve: BOE-A-2021-21397
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 233, de 3 de diciembre de 2021)
https://www.boe.es
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