I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. Precios. (BOE-A-2021-21356)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Sábado 25 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 162821

Tarifa
Fijo
(€/cliente)/mes

T.RL5.

Consumo superior a 300.000 kWh/año e inferior
o igual a 1.500.000 kWh/año.

T.RL6.

Variable
cent/kWh

173,99

4,347006

Consumo superior a 1,500.000 kWh/año e
inferior o igual a 5.000.000 kWh/año.

1.396,82

3,368690

T.RL7.

Consumo superior a 5.000.000 kWh/año e
inferior o igual a 15,000.000 kWh/año.

4.940,52

3,261181

T.RL8.

Consumo superior a 15.000.000 kWh/año e
inferior o igual a 50.000.000 kWh/año.

8.792,22

3,234759

T.RL9.

Consumo superior a 50.000.000 kWh/año e
inferior o igual a 150.000.000 kWh/año.

16.225,01

3,225142

T.RL10.

Consumo superior a 150.000.000 kWh/año e
inferior o igual a 500.000.000 kWh/año.

40.181,33

3,214614

T.RL11.

Consumo superior a 500.000.000 kWh/año.

250.332,74

3,181915

Tercero.
El coste de la materia prima (Cn) y los diferentes elementos que la componen son:

Coste materia prima aplicado
en la resolución, conforme al
Real Decreto-ley 17/2021,
de 14 de septiembre

Componentes principales
(cent/kWh)
Coste materia prima, conforme a la
fórmula de la Orden ITC/1660/2009,
Gas de base
de 22 de junio

Gas
estacional

Referencia

Referencia

Cn

Cn

RBn

REn

2,995767

8,630569

2,272622

11,628210

BR6n

Tn

($/Bbl)

($/€)

76,459

1,1454

PRQ

NBP (cent/kWh)

0,103621

11,628210

Cuarto.

Quinto.
Para el cálculo de la facturación del suministro de gas natural por canalización
medido por contador, durante el período que incluya la fecha de entrada en vigor de esta
resolución, se repartirá el consumo total del periodo facturado de forma proporcional a
los días a los que apliquen las distintas resoluciones en vigor. A los consumos
resultantes, les será de aplicación el precio en vigor en cada periodo, que deberá incluir
los impuestos vigentes en los mismos.

cve: BOE-A-2021-21356
Verificable en https://www.boe.es

La cuota del Gestor Técnico del Sistema gasista se establece en el 1,093 %
conforme a la Resolución de 16 de diciembre de 2021 de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia por la que se establece la cuantía de retribución del gestor
técnico del sistema gasista para 2022 y la cuota para su financiación.