I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2021-21359)
Circular 10/2021, de 20 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los aspectos retributivos del operador del mercado eléctrico atribuidos por normativa europea al regulador nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 162837
Artículo 11. Remisión de la información anual sobre costes nacionales incurridos por el
operador del mercado eléctrico.
1. La información anual sobre los costes nacionales del operador del mercado a la
que se refiere el punto 2 del artículo 10 se reportará a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia según los formatos, desgloses e instrucciones que se
detallan en el Anexo, siendo obligatoria la cumplimentación de todos los campos y
conceptos solicitados, y debiendo adjuntarse asimismo las facturas y contratos
correspondientes.
2. No podrán declararse como costes nacionales ningún concepto enumerado en
los artículos 5.3 y 8.4.
3. En el ámbito de sus competencias, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia podrá recabar del operador del mercado eléctrico, la información adicional
que resulte necesaria para el establecimiento de sus costes recuperables en relación con
los acoplamientos únicos diario e intradiario.
4. El incumplimiento de esta obligación de información podrá considerarse
infracción administrativa en los términos que dispone el capítulo II del título X de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, o norma que la sustituya, así
como el resto de normativa aplicable.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta Circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 20 de diciembre de 2021.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, Cani Fernández Vicién.
ANEXO
Información anual a remitir por el Operador del Mercado Eléctrico sobre sus costes
nacionales en relación con los acoplamientos únicos diario e intradiario
DESGLOSE DE COSTES NACIONALES AÑO n (no incluidos en el Cost Report del ejercicio n)
PARTE VINCULADA
CONCEPTO DE
COSTE
Establecimiento
PROYECTO
y modificación / IMPORTE (€)
(SDAC / SIDC)
Funcionamiento
CUENTA
CONTABLE
TIPO
(Propio / Parte
vinculada /
Externo)
Empresa
Margen
PARTE VINCULADA / EXTERNO
Empresa
Nº contrato Nº factura
– Concepto de coste: Tipo de coste nacional, con suficiente desglose que permita
identificar de forma inequívoca su correspondencia con el SDAC/SIDC, trazándolo con la
contabilidad analítica en caso de auditoría o inspección.
– Proyecto: Proyecto de acoplamiento de mercados al que corresponde cada
concepto de coste indicado (SDAC o SIDC).
– Establecimiento y modificación/funcionamiento: Clasificación del coste como de
establecimiento y modificación, o de funcionamiento, según el Reglamento CACM.
– Importe (€): Importe del concepto de coste, en euros.
cve: BOE-A-2021-21359
Verificable en https://www.boe.es
Instrucciones de cumplimentación
Núm. 309
Sábado 25 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 162837
Artículo 11. Remisión de la información anual sobre costes nacionales incurridos por el
operador del mercado eléctrico.
1. La información anual sobre los costes nacionales del operador del mercado a la
que se refiere el punto 2 del artículo 10 se reportará a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia según los formatos, desgloses e instrucciones que se
detallan en el Anexo, siendo obligatoria la cumplimentación de todos los campos y
conceptos solicitados, y debiendo adjuntarse asimismo las facturas y contratos
correspondientes.
2. No podrán declararse como costes nacionales ningún concepto enumerado en
los artículos 5.3 y 8.4.
3. En el ámbito de sus competencias, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia podrá recabar del operador del mercado eléctrico, la información adicional
que resulte necesaria para el establecimiento de sus costes recuperables en relación con
los acoplamientos únicos diario e intradiario.
4. El incumplimiento de esta obligación de información podrá considerarse
infracción administrativa en los términos que dispone el capítulo II del título X de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, o norma que la sustituya, así
como el resto de normativa aplicable.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta Circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 20 de diciembre de 2021.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, Cani Fernández Vicién.
ANEXO
Información anual a remitir por el Operador del Mercado Eléctrico sobre sus costes
nacionales en relación con los acoplamientos únicos diario e intradiario
DESGLOSE DE COSTES NACIONALES AÑO n (no incluidos en el Cost Report del ejercicio n)
PARTE VINCULADA
CONCEPTO DE
COSTE
Establecimiento
PROYECTO
y modificación / IMPORTE (€)
(SDAC / SIDC)
Funcionamiento
CUENTA
CONTABLE
TIPO
(Propio / Parte
vinculada /
Externo)
Empresa
Margen
PARTE VINCULADA / EXTERNO
Empresa
Nº contrato Nº factura
– Concepto de coste: Tipo de coste nacional, con suficiente desglose que permita
identificar de forma inequívoca su correspondencia con el SDAC/SIDC, trazándolo con la
contabilidad analítica en caso de auditoría o inspección.
– Proyecto: Proyecto de acoplamiento de mercados al que corresponde cada
concepto de coste indicado (SDAC o SIDC).
– Establecimiento y modificación/funcionamiento: Clasificación del coste como de
establecimiento y modificación, o de funcionamiento, según el Reglamento CACM.
– Importe (€): Importe del concepto de coste, en euros.
cve: BOE-A-2021-21359
Verificable en https://www.boe.es
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