V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-51931)
Resolución número 1684/2021, de 14 de diciembre, de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto denominado "Central hidroeléctrica de Bombeo Chira-Soria. Reformado del proyecto de construcción. Modificado II", expediente número AT 18R161.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 76609

la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 2020
al respecto, contempla la incorporación de la central hidráulica proyectada al
sistema eléctrico de Gran Canaria con el objetivo de alcanzar los objetivos
sectoriales principales de la Estrategia Integral para la Comunidad Autónoma de
Canarias (Plan Canarias) aprobada por Consejo de Ministros del 9 de octubre de
2009.
V.- Los objetivos sectoriales principales de la estrategia antes indicada
consisten en potenciar las fuentes energéticas autóctonas para que las energías
renovables aporten el 30% de la generación eléctrica y reducir el grado de
dependencia energética de Canarias, de tal forma que la central hidráulica
proyectada permitirá el máximo uso de energía renovable mediante el
almacenamiento de los excedentes no integrables de energía renovable y, a la
vez, dotará de mayor estabilidad al sistema eléctrico de Gran Canaria, y en un
futuro al de Fuerteventura-Lanzarote si se materializara la conexión de dichos
sistemas eléctricos según se prevé también la planificación eléctrica, por la rapidez
de respuesta que dicha tecnología aportará al parque de generación actual,
mejorando como consecuencia la garantía y calidad del suministro eléctrico, la
seguridad del sistema y la integración de las energías renovables. Por otro lado, la
ejecución de la central proyectada permitirá disminuir los costes del sistema
eléctrico y reducir las emisiones contaminantes de CO2 y Nox.
VI.- En relación con la garantía del suministro de energía, la normativa vigente
vela por que todos los ciudadanos tengan acceso a dicho suministro en
condiciones satisfactorias, garantizando que tal servicio cuente con los parámetros
de calidad necesarios para que el usuario final pueda utilizar la energía en las
condiciones adecuadas a sus necesidades o las de sus instalaciones,
contribuyendo las instalaciones proyectadas a la consecución de tal objetivo por su
contribución a la seguridad del sistema.
VII.- El Gobierno de Canarias acordó el pasado 30 de agosto de 2019 la
Declaración de Emergencia Climática con la finalidad de comprometer todas las
políticas del Gobierno de Canarias y de las administraciones públicas canarias,
que puedan contribuir a frenar la amenaza mundial que entraña el cambio
climático. Dicho Acuerdo fija como meta alcanzar la descarbonización de la
economía canaria en el año 2040. Asimismo, marca entre sus objetivos la máxima
penetración de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de
fuentes renovables.
Actualmente se encuentra en tramitación el Proyecto de Ley Canaria de
Cambio Climático y Transición Energética, en cuyo Título II, "Planificación de la
Acción Climática", se crean y regulan los instrumentos que deberán amparar las
medidas necesarias a implementar en la acción climática, bajo el paraguas de la
legislación europea y la legislación básica estatal.
En concreto, el citado texto diseña un sistema de planificación en el que el
Gobierno asume la tarea de fijar la planificación de las políticas de acción climática
dirigidas a la mitigación de gases de efecto invernadero de todos los sectores
generadores y la adaptación a los impactos del cambio climático sobre los
sistemas naturales, los sectores socioeconómicos, los territorios y la población.
Asimismo, dicho texto asigna al Gobierno de Canarias el establecimiento de los
objetivos, así como su periódica actualización, relativos al ahorro, eficiencia y
consumo de energía renovable en las instalaciones públicas que sean titularidad

cve: BOE-B-2021-51931
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Núm. 308