III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-21344)
Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162361
Asimismo, se ajusta a lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, con la finalidad de acometer un proceso de modernización de la
Administración Pública que le proporcione las herramientas necesarias para acometer la
ejecución del Plan y la mejor gestión de fondos, impulsando la colaboración públicoprivada entre las Administraciones Públicas y el sector privado.
Por ello, en la tramitación de esta orden ministerial se han aplicado las previsiones de los
artículos 47, 60 y 61 del Real Decreto-ley 36/2020 de 30 de diciembre, habiéndose solicitado
los informes de Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada a los que hace referencia
el artículo 17.1, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Las bases reguladoras que se aprueban mediante esta orden ministerial se han
elaborado atendiendo a estándares exigidos para cada uno de los principios y criterios
establecidos en relación a la planificación y ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Residencia por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª, 149.1.
23.ª y 149.1.25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia
exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica,
en materia de legislación básica sobre protección del medioambiente, y sobre las bases del
régimen energético y minero. Así como en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución
Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
1. El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de ayudas públicas
para proyectos de I+D relativos al despliegue del almacenamiento energético, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de la
componente 8, inversión 1 para el despliegue del almacenamiento energético, y
contribuyendo a la consecución de los objetivos 125 y 126 de anexo II de la Decisión de
Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación
y resiliencia de España, de 6 de julio de 2021.
2. La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva,
de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no
discriminación que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad
con lo establecido en el artículo 22 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en
su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. El ámbito temporal de vigencia de estas bases reguladoras se extenderá desde
su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, las ayudas
concedidas se seguirán rigiendo por ella y por las convocatorias dictadas al amparo de la
misma hasta la finalización y cierre de los correspondientes expedientes, incluyendo los
eventuales procedimientos de reintegro.
4. El ámbito geográfico de los proyectos que opten a las ayudas que se concedan
al amparo de esta orden es la totalidad del territorio nacional.
Artículo 2.
Normativa aplicable.
1. Las ayudas que se regulan en esta orden se regirán, además de por lo dispuesto
en la misma, en la respectiva convocatoria y resolución de concesión, por cuantas
normas vigentes que por su naturaleza pudieran resultar de aplicación, y, en particular,
por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su reglamento de desarrollo.
cve: BOE-A-2021-21344
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162361
Asimismo, se ajusta a lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, con la finalidad de acometer un proceso de modernización de la
Administración Pública que le proporcione las herramientas necesarias para acometer la
ejecución del Plan y la mejor gestión de fondos, impulsando la colaboración públicoprivada entre las Administraciones Públicas y el sector privado.
Por ello, en la tramitación de esta orden ministerial se han aplicado las previsiones de los
artículos 47, 60 y 61 del Real Decreto-ley 36/2020 de 30 de diciembre, habiéndose solicitado
los informes de Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada a los que hace referencia
el artículo 17.1, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Las bases reguladoras que se aprueban mediante esta orden ministerial se han
elaborado atendiendo a estándares exigidos para cada uno de los principios y criterios
establecidos en relación a la planificación y ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Residencia por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª, 149.1.
23.ª y 149.1.25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia
exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica,
en materia de legislación básica sobre protección del medioambiente, y sobre las bases del
régimen energético y minero. Así como en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución
Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
1. El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de ayudas públicas
para proyectos de I+D relativos al despliegue del almacenamiento energético, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de la
componente 8, inversión 1 para el despliegue del almacenamiento energético, y
contribuyendo a la consecución de los objetivos 125 y 126 de anexo II de la Decisión de
Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación
y resiliencia de España, de 6 de julio de 2021.
2. La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva,
de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no
discriminación que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad
con lo establecido en el artículo 22 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en
su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. El ámbito temporal de vigencia de estas bases reguladoras se extenderá desde
su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, las ayudas
concedidas se seguirán rigiendo por ella y por las convocatorias dictadas al amparo de la
misma hasta la finalización y cierre de los correspondientes expedientes, incluyendo los
eventuales procedimientos de reintegro.
4. El ámbito geográfico de los proyectos que opten a las ayudas que se concedan
al amparo de esta orden es la totalidad del territorio nacional.
Artículo 2.
Normativa aplicable.
1. Las ayudas que se regulan en esta orden se regirán, además de por lo dispuesto
en la misma, en la respectiva convocatoria y resolución de concesión, por cuantas
normas vigentes que por su naturaleza pudieran resultar de aplicación, y, en particular,
por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su reglamento de desarrollo.
cve: BOE-A-2021-21344
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.