III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Telecomunicaciones. (BOE-A-2021-21346)
Orden ETD/1449/2021, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162425
– Servicio móvil aeronáutico (R): Servicio móvil aeronáutico reservado a las
comunicaciones aeronáuticas relativas a la seguridad y regularidad de los vuelos,
principalmente en las rutas nacionales o internacionales de la aviación civil.
– Servicio móvil aeronáutico (OR): Servicio móvil aeronáutico reservado a asegurar
las comunicaciones, incluyendo las relativas a la coordinación de los vuelos,
principalmente fuera de las rutas nacionales e internacionales de la aviación civil.
– Servicio móvil aeronáutico por satélite: Servicio móvil por satélite en el que las
estaciones terrenas móviles están situadas a bordo de aeronaves; también pueden
considerarse incluidas en este servicio las estaciones de embarcación o dispositivo de
salvamento y las estaciones de radiobaliza de localización de siniestros.
– Servicio móvil aeronáutico (R) por satélite: Servicio móvil aeronáutico por satélite
reservado a las comunicaciones aeronáuticas relativas a la seguridad y regularidad de
los vuelos, principalmente en las rutas nacionales o internacionales de la aviación civil.
– Servicio móvil aeronáutico (OR) por satélite: Servicio móvil aeronáutico por
satélite reservado a asegurar las comunicaciones, incluyendo las relativas a la
coordinación de los vuelos, principalmente fuera de las rutas nacionales e
internacionales de la aviación civil.
– Servicio de radiodifusión: Servicio de radiocomunicación cuyas emisiones se
destinan a ser recibidas directamente por el público en general. Dicho servicio abarca
emisiones sonoras, de televisión o de otro género.
– Servicio de radiodifusión por satélite: Servicio de radiocomunicación en el cual las
señales emitidas o retransmitidas por estaciones espaciales están destinadas a la
recepción directa por el público en general.
– Servicio de radiodeterminación: Servicio de radiocomunicación para fines de
radiodeterminación.
– Servicio de radiodeterminación por satélite: Servicio de radiocomunicación para
fines de radiodeterminación, y que implica la utilización de una o más estaciones
espaciales.
– Servicio de radionavegación: Servicio de radiodeterminación para fines de
radionavegación.
– Servicio de radionavegación por satélite: Servicio de radiodeterminación por
satélite para fines de radionavegación.
– Servicio de radionavegación marítima: Servicio de radionavegación destinado a
barcos y a su explotación en condiciones de seguridad.
– Servicio de radionavegación marítima por satélite: Servicio de radionavegación por
satélite en el que las estaciones terrenas están situadas a bordo de barcos.
– Servicio de radionavegación aeronáutica: Servicio de radionavegación destinado a
las aeronaves y a su explotación en condiciones de seguridad.
– Servicio de radionavegación aeronáutica por satélite: Servicio de radionavegación
por satélite en el que las estaciones terrenas están situadas a bordo de aeronaves.
– Servicio de radiolocalización: Servicio de radiodeterminación para fines de
radiolocalización.
– Servicio de radiolocalización por satélite: Servicio de radiodeterminación por
satélite utilizado para la radiolocalización.
– Servicio de ayudas a la meteorología: Servicio de radiocomunicación destinado a
las observaciones y sondeos utilizados en meteorología, con inclusión de la hidrología.
– Servicio de exploración de la Tierra por satélite: Servicio de radiocomunicación
entre estaciones terrenas y una o varias estaciones espaciales que pueden incluir
enlaces entre estaciones espaciales y en el que:
• se obtiene información sobre las características de la Tierra y sus fenómenos
naturales, incluidos datos relativos al estado del medio ambiente, por medio de sensores
activos o de sensores pasivos a bordo de satélites de la Tierra;
• se reúne información análoga por medio de plataformas situadas en el aire o sobre
la superficie de la Tierra;
cve: BOE-A-2021-21346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162425
– Servicio móvil aeronáutico (R): Servicio móvil aeronáutico reservado a las
comunicaciones aeronáuticas relativas a la seguridad y regularidad de los vuelos,
principalmente en las rutas nacionales o internacionales de la aviación civil.
– Servicio móvil aeronáutico (OR): Servicio móvil aeronáutico reservado a asegurar
las comunicaciones, incluyendo las relativas a la coordinación de los vuelos,
principalmente fuera de las rutas nacionales e internacionales de la aviación civil.
– Servicio móvil aeronáutico por satélite: Servicio móvil por satélite en el que las
estaciones terrenas móviles están situadas a bordo de aeronaves; también pueden
considerarse incluidas en este servicio las estaciones de embarcación o dispositivo de
salvamento y las estaciones de radiobaliza de localización de siniestros.
– Servicio móvil aeronáutico (R) por satélite: Servicio móvil aeronáutico por satélite
reservado a las comunicaciones aeronáuticas relativas a la seguridad y regularidad de
los vuelos, principalmente en las rutas nacionales o internacionales de la aviación civil.
– Servicio móvil aeronáutico (OR) por satélite: Servicio móvil aeronáutico por
satélite reservado a asegurar las comunicaciones, incluyendo las relativas a la
coordinación de los vuelos, principalmente fuera de las rutas nacionales e
internacionales de la aviación civil.
– Servicio de radiodifusión: Servicio de radiocomunicación cuyas emisiones se
destinan a ser recibidas directamente por el público en general. Dicho servicio abarca
emisiones sonoras, de televisión o de otro género.
– Servicio de radiodifusión por satélite: Servicio de radiocomunicación en el cual las
señales emitidas o retransmitidas por estaciones espaciales están destinadas a la
recepción directa por el público en general.
– Servicio de radiodeterminación: Servicio de radiocomunicación para fines de
radiodeterminación.
– Servicio de radiodeterminación por satélite: Servicio de radiocomunicación para
fines de radiodeterminación, y que implica la utilización de una o más estaciones
espaciales.
– Servicio de radionavegación: Servicio de radiodeterminación para fines de
radionavegación.
– Servicio de radionavegación por satélite: Servicio de radiodeterminación por
satélite para fines de radionavegación.
– Servicio de radionavegación marítima: Servicio de radionavegación destinado a
barcos y a su explotación en condiciones de seguridad.
– Servicio de radionavegación marítima por satélite: Servicio de radionavegación por
satélite en el que las estaciones terrenas están situadas a bordo de barcos.
– Servicio de radionavegación aeronáutica: Servicio de radionavegación destinado a
las aeronaves y a su explotación en condiciones de seguridad.
– Servicio de radionavegación aeronáutica por satélite: Servicio de radionavegación
por satélite en el que las estaciones terrenas están situadas a bordo de aeronaves.
– Servicio de radiolocalización: Servicio de radiodeterminación para fines de
radiolocalización.
– Servicio de radiolocalización por satélite: Servicio de radiodeterminación por
satélite utilizado para la radiolocalización.
– Servicio de ayudas a la meteorología: Servicio de radiocomunicación destinado a
las observaciones y sondeos utilizados en meteorología, con inclusión de la hidrología.
– Servicio de exploración de la Tierra por satélite: Servicio de radiocomunicación
entre estaciones terrenas y una o varias estaciones espaciales que pueden incluir
enlaces entre estaciones espaciales y en el que:
• se obtiene información sobre las características de la Tierra y sus fenómenos
naturales, incluidos datos relativos al estado del medio ambiente, por medio de sensores
activos o de sensores pasivos a bordo de satélites de la Tierra;
• se reúne información análoga por medio de plataformas situadas en el aire o sobre
la superficie de la Tierra;
cve: BOE-A-2021-21346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308