III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Telecomunicaciones. (BOE-A-2021-21346)
Orden ETD/1449/2021, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162467
servicios móviles por satélite. (Se aplicarán las disposiciones de la Resolución 222
(CMR-2000)) (CMR-2000)
5.354 La utilización de las bandas 1525-1559 MHz y 1626,5-1660,5 MHz por los
servicios móviles por satélite está sujeta a la coordinación a tenor del número 9.11A
5.355 Atribución adicional: en Bahrein, Bangladesh, Congo (Rep. del), Djibouti,
Egipto, Eritrea, Iraq, Israel, Kuwait, Qatar, República Árabe Siria, Somalia, Sudán, Sudán
del Sur, Chad, Togo y Yemen, las bandas 1540-1559 MHz, 1610-1645,5 MHz
y 1646,5-1660 MHz están también atribuidas, a título secundario, al servicio fijo.
(CMR-12)
5.355A Atribución adicional: en Bahrein, Bangladesh, Congo, Egipto, Eritrea, Iraq,
Israel, Jordania, Kuwait, Líbano, Malta, Marruecos, Qatar, Siria, Somalia, Sudán, Chad,
Togo y Yemen, la banda 1559-1610 MHz está también atribuida, a título secundario, al
servicio fijo, hasta el 1 de enero de 2015, fecha después de la cual la atribución dejará
de ser válida. Se insta a las administraciones a que tomen todas las medidas a su
alcance para proteger el servicio de radionavegación por satélite, y a que no autoricen
nuevas asignaciones de frecuencias a los sistemas del servicio fijo en esta banda.
5.356 En empleo de la banda 1544-1545 MHz por el servicio móvil por satélite
(espacio-Tierra) está limitado a las comunicaciones de socorro y seguridad (véase el
artículo 31).
5.357 En la banda 1545-1555 MHz las transmisiones directas del servicio móvil
aeronáutico (R), desde estaciones aeronáuticas terrenales a estaciones de aeronave, o
entre estaciones de aeronave, están también autorizadas cuando esas transmisiones
están destinadas a aumentar o a completar los enlaces establecidos entre estaciones de
satélite y estaciones de aeronave.
5.357A Al aplicar los procedimientos de la Sección II del Artículo 9 al servicio móvil
por satélite en las bandas de frecuencias 1545-1555 MHz y 1646,5-1656,5 MHz, deberán
satisfacerse en primer lugar las necesidades de espectro del servicio móvil aeronáutico
por satélite (R) para la transmisión de mensajes con prioridad 1 a 6 con arreglo al
Artículo 44. Las comunicaciones del servicio móvil aeronáutico por satélite (R) con
prioridad 1 a 6 con arreglo al Artículo 44 tendrán acceso prioritario y disponibilidad
inmediata, de ser necesario mediante precedencia, sobre todas las demás
comunicaciones móviles por satélite en la misma red. Los sistemas móviles por satélite
no causarán interferencias inaceptables ni podrán reclamar protección contra las
comunicaciones del servicio móvil aeronáutico por satélite (R) con prioridad 1 a 6 con
arreglo al Artículo 44. Se tendrá en cuenta la prioridad de las comunicaciones
relacionadas con la seguridad en los demás servicios móviles por satélite. (Se aplicarán
las disposiciones de la Resolución 222 (CMR-12)). (CMR-12)
5.358 (SUP-CMR-97).
5.359 Atribución adicional: en Alemania, Arabia Saudita, Armenia, Azerbaiyán,
Belarús, Camerún, Federación de Rusia, Georgia, Guinea, Guinea-Bissau, Jordania,
Kazajstán, Kuwait, Lituania, Mauritania, Uganda, Uzbekistán, Pakistán, Polonia,
República Árabe Siria, Kirguistán, Rep. Pop. Dem. de Corea, Rumania, Tayikistán,
Túnez, Turkmenistán y Ucrania, las bandas de frecuencias 1 5501 559 MHz,
1 6101 645,5 MHz y 1 646,51 660 MHz están también atribuidas, a título primario, al
servicio fijo. Se insta a las administraciones a que hagan todos los esfuerzos posibles
para evitar la implementación de nuevas estaciones del servicio fijo en esas bandas de
frecuencias. (CMR19)
5.360 a 362 (SUP-CMR-97).
5.362A En Estados Unidos, en las bandas 1555-1559 MHz y 1656,5-1660,5 MHz, el
servicio móvil aeronáutico por satélite (R) tendrá acceso prioritario y disponibilidad
inmediata, de ser necesario mediante precedencia, sobre las demás comunicaciones
móviles por satélite en la misma red. Los sistemas móviles por satélite no causarán
interferencias inaceptables ni podrán reclamar protección contra las comunicaciones del
servicio móvil aeronáutico por satélite (R) con prioridad 1 a 6 con arreglo al Artículo 44.
cve: BOE-A-2021-21346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Viernes 24 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 162467
servicios móviles por satélite. (Se aplicarán las disposiciones de la Resolución 222
(CMR-2000)) (CMR-2000)
5.354 La utilización de las bandas 1525-1559 MHz y 1626,5-1660,5 MHz por los
servicios móviles por satélite está sujeta a la coordinación a tenor del número 9.11A
5.355 Atribución adicional: en Bahrein, Bangladesh, Congo (Rep. del), Djibouti,
Egipto, Eritrea, Iraq, Israel, Kuwait, Qatar, República Árabe Siria, Somalia, Sudán, Sudán
del Sur, Chad, Togo y Yemen, las bandas 1540-1559 MHz, 1610-1645,5 MHz
y 1646,5-1660 MHz están también atribuidas, a título secundario, al servicio fijo.
(CMR-12)
5.355A Atribución adicional: en Bahrein, Bangladesh, Congo, Egipto, Eritrea, Iraq,
Israel, Jordania, Kuwait, Líbano, Malta, Marruecos, Qatar, Siria, Somalia, Sudán, Chad,
Togo y Yemen, la banda 1559-1610 MHz está también atribuida, a título secundario, al
servicio fijo, hasta el 1 de enero de 2015, fecha después de la cual la atribución dejará
de ser válida. Se insta a las administraciones a que tomen todas las medidas a su
alcance para proteger el servicio de radionavegación por satélite, y a que no autoricen
nuevas asignaciones de frecuencias a los sistemas del servicio fijo en esta banda.
5.356 En empleo de la banda 1544-1545 MHz por el servicio móvil por satélite
(espacio-Tierra) está limitado a las comunicaciones de socorro y seguridad (véase el
artículo 31).
5.357 En la banda 1545-1555 MHz las transmisiones directas del servicio móvil
aeronáutico (R), desde estaciones aeronáuticas terrenales a estaciones de aeronave, o
entre estaciones de aeronave, están también autorizadas cuando esas transmisiones
están destinadas a aumentar o a completar los enlaces establecidos entre estaciones de
satélite y estaciones de aeronave.
5.357A Al aplicar los procedimientos de la Sección II del Artículo 9 al servicio móvil
por satélite en las bandas de frecuencias 1545-1555 MHz y 1646,5-1656,5 MHz, deberán
satisfacerse en primer lugar las necesidades de espectro del servicio móvil aeronáutico
por satélite (R) para la transmisión de mensajes con prioridad 1 a 6 con arreglo al
Artículo 44. Las comunicaciones del servicio móvil aeronáutico por satélite (R) con
prioridad 1 a 6 con arreglo al Artículo 44 tendrán acceso prioritario y disponibilidad
inmediata, de ser necesario mediante precedencia, sobre todas las demás
comunicaciones móviles por satélite en la misma red. Los sistemas móviles por satélite
no causarán interferencias inaceptables ni podrán reclamar protección contra las
comunicaciones del servicio móvil aeronáutico por satélite (R) con prioridad 1 a 6 con
arreglo al Artículo 44. Se tendrá en cuenta la prioridad de las comunicaciones
relacionadas con la seguridad en los demás servicios móviles por satélite. (Se aplicarán
las disposiciones de la Resolución 222 (CMR-12)). (CMR-12)
5.358 (SUP-CMR-97).
5.359 Atribución adicional: en Alemania, Arabia Saudita, Armenia, Azerbaiyán,
Belarús, Camerún, Federación de Rusia, Georgia, Guinea, Guinea-Bissau, Jordania,
Kazajstán, Kuwait, Lituania, Mauritania, Uganda, Uzbekistán, Pakistán, Polonia,
República Árabe Siria, Kirguistán, Rep. Pop. Dem. de Corea, Rumania, Tayikistán,
Túnez, Turkmenistán y Ucrania, las bandas de frecuencias 1 5501 559 MHz,
1 6101 645,5 MHz y 1 646,51 660 MHz están también atribuidas, a título primario, al
servicio fijo. Se insta a las administraciones a que hagan todos los esfuerzos posibles
para evitar la implementación de nuevas estaciones del servicio fijo en esas bandas de
frecuencias. (CMR19)
5.360 a 362 (SUP-CMR-97).
5.362A En Estados Unidos, en las bandas 1555-1559 MHz y 1656,5-1660,5 MHz, el
servicio móvil aeronáutico por satélite (R) tendrá acceso prioritario y disponibilidad
inmediata, de ser necesario mediante precedencia, sobre las demás comunicaciones
móviles por satélite en la misma red. Los sistemas móviles por satélite no causarán
interferencias inaceptables ni podrán reclamar protección contra las comunicaciones del
servicio móvil aeronáutico por satélite (R) con prioridad 1 a 6 con arreglo al Artículo 44.
cve: BOE-A-2021-21346
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Núm. 308