II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-21268)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convoca concurso-oposición libre para la provisión de plazas de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 23 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 159468

9.3 Cada una de las dos partes del primer ejercicio se calificará de cero a cuarenta
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de veinte puntos para superar cada una de ellas.
El segundo ejercicio se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de veinte puntos para superarlo.
La puntuación total de la oposición para aquellas personas aspirantes que la hayan
superado se hallará conforme a lo establecido en el artículo 45.3 del convenio colectivo.
Una vez determinada la calificación obtenida por cada persona aspirante en la fase
de concurso, se calculará la puntuación global del proceso selectivo, que vendrá
determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la fase de
oposición y en la fase de concurso, correspondiendo a aquélla el 70 por ciento y a ésta
el 30 por ciento del total.
En aplicación de las anteriores normas, la puntuación total del proceso selectivo se
calculará con arreglo a la siguiente fórmula:
PTP=0,7*[1*(PET+PEP)/2+1*P2E]/40+0,3*PC/30
Donde:
PTP = Puntuación total del proceso.
PET = Puntuación de la primera parte del primer ejercicio.
PEP = Puntuación de la segunda parte del primer ejercicio.
P2E= Puntuación del segundo ejercicio.
PC = Puntuación de la fase de concurso.
Si entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se produjera un
empate, se seguirán los siguientes criterios de prelación para deshacerlo:

9.4 El Tribunal hará pública en el tablón de anuncios oficial de la sede electrónica
de la universidad, una única lista por plaza con todos los aspirantes, que han superado el
proceso selectivo. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la puntuación
total obtenida en el proceso selectivo (fase de oposición más fase de concurso) y,
asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En esta lista no
podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas ofertadas.
Contra esta resolución provisional de aprobados/as las personas interesadas podrán
alegar ante el Tribunal de Selección correspondiente, en el plazo de diez días hábiles,
cuantas cuestiones estimen contrarias a la misma.
9.5 El Presidente del Tribunal de Selección, una vez resueltas las alegaciones
formuladas y, en su caso, corregidos los errores advertidos, elevará al Rector de la
universidad la relación definitiva de los candidatos/as que han superado el proceso
selectivo.
9.6 A la vista de la relación definitiva realizada por el Tribunal, se dictará resolución
de este Rectorado por la que se adjudiquen con carácter definitivo los puestos que
figuran en el anexo I.
9.7 De conformidad con la base 7.11, cada una de las listas elaboradas por el
Tribunal podrá ser objeto de recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico en el plazo
de un mes desde el día siguiente a la publicación de las correspondientes listas en el
tablón de anuncios oficial de la sede electrónica de la universidad, de acuerdo con lo

cve: BOE-A-2021-21268
Verificable en https://www.boe.es

1. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3. Mayor puntuación obtenida en la prueba práctica de la fase de oposición.
4. De persistir el empate, éste se dirimirá atendiendo al orden alfabético, conforme
a la letra resultante del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación
de los aspirantes en los procesos selectivos, que ha sido publicada para el año 2021 por
Resolución de 9 de marzo de 2021 de la Dirección General de Función Pública de la
Comunidad de Madrid, coincidiendo con la letra «E».