III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2021-21290)
Orden TED/1439/2021, de 10 de diciembre, por la que se acuerda la inadmisión de la solicitud presentada por Berkeley Minera España, SLU, de autorización previa del Proyecto Zona 7 (Salamanca), como instalación radiactiva de primera categoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 23 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159677

Tercera.
Que, al haber sido denegada la autorización de construcción de la Planta Retortillo,
la solicitud de autorización previa del Proyecto Zona 7 que, como se ha señalado, habría
requerido necesariamente que el tratamiento del mineral extraído se hubiera llevado a
cabo en la citada Planta, ha devenido en carente de fundamento.
Cuarta.
Que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dispone en su artículo 88.5 que la Administración podrá
acordar la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos manifiestamente
carentes de fundamento.
A la vista de todo lo anterior, cumplidos los trámites ordenados por las disposiciones
vigentes, y a propuesta de la Dirección General de Política Energética y Minas, este
Ministerio ha resuelto:
Primero.
Acordar la inadmisión de la solicitud presentada por Berkeley Minera España, S.L.U.,
de autorización previa del Proyecto Zona 7 como instalación radiactiva de primera
categoría.
Segundo.
Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente a su notificación a Berkeley
Minera España, S.L.U.
Tercero.
Esta orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de general
conocimiento.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, de conformidad con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.

cve: BOE-A-2021-21290
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Madrid, 10 de diciembre de 2021.–La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, P. D. (Orden TED/533/2021, de 20 de
mayo), la Secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen Muñoz.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X