I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2021-21217)
Orden HFP/1430/2021, de 20 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 237 "Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación" y se determina forma y procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 159319

Los vencimientos de plazo que coincidan con un día inhábil se entenderán
trasladados al primer día hábil inmediato siguiente.
Artículo 4. Habilitación, condiciones generales y procedimiento para la presentación
electrónica por internet del modelo 237.
La presentación de las autoliquidaciones del modelo 237 se efectuará de forma
obligatoria por vía electrónica a través de internet, con sujeción a la habilitación y
condiciones del artículo 6 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que
se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de
determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales,
comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria y de acuerdo con el
procedimiento establecido en los artículos 7, 9 y 10 de esa misma orden.
Disposición transitoria única. Plazo de presentación del modelo 237 en los casos en
que el plazo de declaración se hubiera iniciado antes de la entrada en vigor de la
presente orden.
Los contribuyentes, cuyo plazo de declaración del gravamen especial sobre
beneficios no distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el
Mercado Inmobiliario se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor
de la presente orden, podrán presentar el modelo 237 dentro de los dos meses
siguientes a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Disposición final primera. Modificación de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de
noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales
para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas,
declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza
tributaria.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de
noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la
presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones
censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria:
Se incluye el modelo 237 «Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por
Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. Impuesto
sobre Sociedades. Autoliquidación» en la relación de autoliquidaciones a que se refiere
el artículo 1.2 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre.
Disposición final segunda. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio,
por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las
entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión
recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden EHA/2027/2007, de 28 de
junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades
de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria:
En el anexo I, Código 021-Autoliquidaciones, se incluye el siguiente modelo de
autoliquidación:
Código de modelo: 237.

cve: BOE-A-2021-21217
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Núm. 306