III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21197)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del "Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159174

Resumen Alegación/
Respuesta.

De todas las actuaciones que se van a llevar a cabo en el País Vasco, hay dos que presentan una gran envergadura y
por las que se han iniciado los trámites ambientales, y es en ese proceso donde se pronuncie sobre los efectos de
estos dos proyectos al patrimonio natural.
– La nueva sub. Gatika + enlace submarino Aquitania-Francia).
– El doble circuito Muruarte a 400 kV.
Se analizan los efectos ambientales significativos sobre los que plan tendrá un mayor impacto: alteraciones en las
formaciones vegetales, efectos directos sobre la fauna, alteraciones de espacios naturales protegidos o afección al
medio marino.
Resaltan algunas medidas que han de tomarse:
– El trazado de las líneas, se intentará minimiza el número de cruces por cauces y zonas inundables. En las
subestaciones, se evitará las zonas inundables y se dará preferencia a las localizaciones que estén más alejados de
cauces.
– En las subestaciones se dispondrá de un sistema de control de la iluminación que reduzcan los lúmenes para
minimizar la contaminación lumínica.
– Se buscará evitar zonas de riesgo geológico, geomorfológicos, zonas inundables por periodos de retorno, etc.
– Se tendrá en cuenta zonas de interés geológico (LIG).
– Para minimizar los impactos sobre la vegetación, tanto terrestre como marina, se prestará especial atención a
aquellas que sea de interés o esté catalogada como protegida. Se analizará especialmente la presencia de hábitats
prioritarios.
– En subestaciones y cables soterrados, se buscará áreas o trazados que no posean vegetación, y en el caso de
haberla que no sea de interés o se encuentre protegida, de igual forma se analizará la presencia de hábitats
prioritarios.
– Respecto a la fauna, igualmente se localizarán y evitarán las zonas de nidificación o hábitats con presencia de
especies faunísticas de interés y las rutas migratorias de avifauna presente, para evitar que los movimientos de tierra
o eliminación de la cubierta vegetal, supongan la destrucción de las madrigueras y nidos existentes.
– Se valorará incluir las áreas del R.D. 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, como condicionantes
a evitar en el diseño de las alternativas.
– Para reducir la frecuencia de accidentes de colisión de aves y quirópteros contra los cables de las líneas eléctricas
planificadas se instalarán dispositivos anti-colisión o «salvapájaros» en los cables de tierra de aquellos tramos en los
que se identifique una mayor incidencia potencial de este tipo de accidentes.
– En subestaciones, se eludirán a ser posible, las áreas y enclaves que se hallen incluidos en inventarios o catálogos
de zonas sensibles por la importancia de las comunidades faunísticas que alberguen.
– Si se localizaran áreas de nidificación y reproducción cerca de las zonas donde van a discurrir los trabajos de
construcción, estos se programarán para que sean llevado a cabo en las épocas del año que no se produzcan crías.
– En el medio marino, deben tenerse en cuenta las rutas migratorias de las especies pelágicas, así como evitar el
paso por zonas de presencia de comunidades faunísticas de interés como barreras coralinas, gorgonias y otras
especies marinas amenazadas.
– Los proyectos se diseñarán con carácter general aplicando el criterio de «no pérdida neta de biodiversidad», lo que
implicará el diseño de las medidas preventivas y correctoras adecuadas, la valoración de impactos residuales y la
compensación de los mismos, en su caso.
– Para todos los casos, se evitarán las áreas protegidas por la legislación nacional o autonómica, así como cualquier
otra figura de protección como pueden ser las zonas especialmente protegidas de importancia para el mediterráneo
(ZEPIM), las áreas marinas OSPAR; zonas de la Red Natura 2000, Reservas de la Biosfera, sitios RAMSAR y áreas
importantes para las aves (IBA) definidas por la Sociedad Española de Ornitología (SEO).
Este organismo apuesta por que se sigan criterios de exclusión y criterios de ubicación preferente para las nuevas
instalaciones e infraestructuras que deriven del Plan, en donde se prioricen los ámbitos poco relevantes desde el
punto de vista naturalístico (suelos ya antropizados, áreas de escaso valores, etc.) y que en el diseño se garanticen la
mínima afección a los valores ambientales.
También considera fundamental que, en esta planificación, se incorpore una línea de actuación que atienda,
específicamente, a la problemática de la colisión y la electrocución de avifauna en líneas de alta tensión.

Otros.



Código Alegación/
Respuesta.

2021-02860-E.

Alegante/Consultado.

Departamento de Desarrollo y Economía, Sostenible y Medio Ambiente de la Viceconsejería de Industria.

cve: BOE-A-2021-21197
Verificable en https://www.boe.es

País Vasco