III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21197)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del "Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159168
Comunidad Foral de Navarra
Alegante/Consultado.
Dirección General de Ordenación del Territorio - Servicio de Territorio y Paisaje.
Resumen Alegación/
Respuesta.
Indican los planes de ordenación territorial (POT) que afectan a las actuaciones, los cuales identifican Áreas de
Especial Protección (vegetación de especial interés, humedales, zona fluvial, etc.) a las cuales no pueden afectar las
actuaciones.
Otros.
–
Código Alegación/
Respuesta.
2021-02230-E.
Alegante/Consultado.
Servicio Territorial de Cultura y Deporte de Alicante. Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
Resumen Alegación/
Respuesta.
Desde el Servicio Territorial se informa que hasta que no se concreten las acciones particulares, no se podrán emitir
informes concretos en relación con el patrimonio arqueológico. Por otro lado, propone que los proyectos concretos
den cumplimiento a la Ley 4/98 del Patrimonio Cultural Valenciano y a la Ley 2/1989 de Impacto Ambiental.
Otros.
–
Código Alegación/
Respuesta.
2021-02875-E.
Alegante/Consultado.
Dirección General de Política Territorial y Paisaje.
Resumen Alegación/
Respuesta.
La Dirección General de Política Territorial y Paisaje emitió informe, en materia de ordenación del territorio, en relación
con el Plan de desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026. En dicho informe se incluyen las
siguientes determinaciones de ordenación territorial:
– Las derivadas de la ETCV sobre la regulación de las infraestructuras (título V), publicado en el DOGV núm. 6441,
de fecha 19 de enero de 2011 y accesible en el enlace http://politicaterritorial.gva.es/va/web/planificacion-territorial-einfraestructura-verde/estrategia-territorial-de-la-comunitat-valenciana-77496.
– Las derivadas del PATIVEL, publicado en el DOGV núm. 8293, de fecha 11 de mayo de 2018, y accesible en el
enlace http://politicaterritorial.gva.es/va/web/planificacionterritorial-e-infraestructura-verde/plan-de-accion-territorial-dela-infraestructuraverde-del-litoral, establece en los artículos 8 a 11 de su Normativa un régimen específico para los
suelos no urbanizables de protección litoral y de refuerzo de litoral, permitiendo las infraestructuras que tengan que
situarse necesariamente en estos ámbitos de protección y, siempre que justifiquen su adecuación a las afecciones
ambientales y territoriales y aporten estudio de integración paisajística que deberá ser informado por el órgano
competente en materia de paisaje de la Generalitat.
– Las derivadas del PATHV, publicado en el DOGV núm. 8448, de fecha 20 de diciembre de 2018 y accesible en el
enlace http://politicaterritorial.gva.es/va/web/planificacion-territoriale-infraestructura-verde/pat-horta-de-valencia en
relación con las directrices de integración paisajística de las infraestructuras.
El informe de respuesta a la consulta, la DG señala que, visto el documento actualmente sometido al trámite de
consultas, dentro del apartado Integración de renovables y resolución de restricciones técnicas, se contempla la
actuación ESTE_1 Nuevo Corredor Aragón-Levante (anexo II pág. 123), que implica entre otras actuaciones, la
creación de nuevas líneas, nuevos transformadores y una nueva subestación. Al respecto, cabe señalar que respecto
estas actuaciones, deberán ser tenidas en cuenta las consideraciones manifestadas en el informe de 11 de diciembre
de 2020 anteriormente transcrito, y en especial, dada la consideración de infraestructura básica que la directriz 127 de
la ETCV atribuye a las energéticas, deberán ser tenidas en consideración las determinaciones establecidas en las
directrices 128 (Principios directores sobre las infraestructuras básicas), 129 (Principios directores de la implantación
de infraestructuras en el territorio), 130 (Cartografía de compatibilidad de las infraestructuras con el territorio) y 133
(Criterios para la integración paisajística y territorial de las infraestructuras energéticas). Respecto la directriz 130.2,
su contenido se precisa en el objetivo 20 de la ETCV, dedicado a las infraestructuras, siendo de necesaria
observancia para la planificación y que prioriza la concentración de las infraestructuras a través de pasillos territoriales
ya consolidados.
Otros.
–
Código Alegación/
Respuesta.
2021-04921-E.
Alegante/Consultado.
Subdirección General de Medio Natural. Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental.
cve: BOE-A-2021-21197
Verificable en https://www.boe.es
Comunidad Valenciana
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159168
Comunidad Foral de Navarra
Alegante/Consultado.
Dirección General de Ordenación del Territorio - Servicio de Territorio y Paisaje.
Resumen Alegación/
Respuesta.
Indican los planes de ordenación territorial (POT) que afectan a las actuaciones, los cuales identifican Áreas de
Especial Protección (vegetación de especial interés, humedales, zona fluvial, etc.) a las cuales no pueden afectar las
actuaciones.
Otros.
–
Código Alegación/
Respuesta.
2021-02230-E.
Alegante/Consultado.
Servicio Territorial de Cultura y Deporte de Alicante. Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
Resumen Alegación/
Respuesta.
Desde el Servicio Territorial se informa que hasta que no se concreten las acciones particulares, no se podrán emitir
informes concretos en relación con el patrimonio arqueológico. Por otro lado, propone que los proyectos concretos
den cumplimiento a la Ley 4/98 del Patrimonio Cultural Valenciano y a la Ley 2/1989 de Impacto Ambiental.
Otros.
–
Código Alegación/
Respuesta.
2021-02875-E.
Alegante/Consultado.
Dirección General de Política Territorial y Paisaje.
Resumen Alegación/
Respuesta.
La Dirección General de Política Territorial y Paisaje emitió informe, en materia de ordenación del territorio, en relación
con el Plan de desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026. En dicho informe se incluyen las
siguientes determinaciones de ordenación territorial:
– Las derivadas de la ETCV sobre la regulación de las infraestructuras (título V), publicado en el DOGV núm. 6441,
de fecha 19 de enero de 2011 y accesible en el enlace http://politicaterritorial.gva.es/va/web/planificacion-territorial-einfraestructura-verde/estrategia-territorial-de-la-comunitat-valenciana-77496.
– Las derivadas del PATIVEL, publicado en el DOGV núm. 8293, de fecha 11 de mayo de 2018, y accesible en el
enlace http://politicaterritorial.gva.es/va/web/planificacionterritorial-e-infraestructura-verde/plan-de-accion-territorial-dela-infraestructuraverde-del-litoral, establece en los artículos 8 a 11 de su Normativa un régimen específico para los
suelos no urbanizables de protección litoral y de refuerzo de litoral, permitiendo las infraestructuras que tengan que
situarse necesariamente en estos ámbitos de protección y, siempre que justifiquen su adecuación a las afecciones
ambientales y territoriales y aporten estudio de integración paisajística que deberá ser informado por el órgano
competente en materia de paisaje de la Generalitat.
– Las derivadas del PATHV, publicado en el DOGV núm. 8448, de fecha 20 de diciembre de 2018 y accesible en el
enlace http://politicaterritorial.gva.es/va/web/planificacion-territoriale-infraestructura-verde/pat-horta-de-valencia en
relación con las directrices de integración paisajística de las infraestructuras.
El informe de respuesta a la consulta, la DG señala que, visto el documento actualmente sometido al trámite de
consultas, dentro del apartado Integración de renovables y resolución de restricciones técnicas, se contempla la
actuación ESTE_1 Nuevo Corredor Aragón-Levante (anexo II pág. 123), que implica entre otras actuaciones, la
creación de nuevas líneas, nuevos transformadores y una nueva subestación. Al respecto, cabe señalar que respecto
estas actuaciones, deberán ser tenidas en cuenta las consideraciones manifestadas en el informe de 11 de diciembre
de 2020 anteriormente transcrito, y en especial, dada la consideración de infraestructura básica que la directriz 127 de
la ETCV atribuye a las energéticas, deberán ser tenidas en consideración las determinaciones establecidas en las
directrices 128 (Principios directores sobre las infraestructuras básicas), 129 (Principios directores de la implantación
de infraestructuras en el territorio), 130 (Cartografía de compatibilidad de las infraestructuras con el territorio) y 133
(Criterios para la integración paisajística y territorial de las infraestructuras energéticas). Respecto la directriz 130.2,
su contenido se precisa en el objetivo 20 de la ETCV, dedicado a las infraestructuras, siendo de necesaria
observancia para la planificación y que prioriza la concentración de las infraestructuras a través de pasillos territoriales
ya consolidados.
Otros.
–
Código Alegación/
Respuesta.
2021-04921-E.
Alegante/Consultado.
Subdirección General de Medio Natural. Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental.
cve: BOE-A-2021-21197
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Comunidad Valenciana