III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-21199)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para regular el suministro de metadatos y miniaturas por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Ministerio de Cultura y Deporte y, a través de este, a Europeana, así como el uso de dichos metadatos y miniaturas.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159184
sus proveedores de datos son titulares, así como a enviar solo una parte de los
metadatos y miniaturas que él o sus proveedores de datos posean con respecto a un
contenido en particular.
2. El socio de datos remitirá los metadatos de acuerdo con la última versión de las
especificaciones sobre metadatos publicados por Europeana.
3. El socio de datos pondrá la debida diligencia para proporcionar al Ministerio de
Cultura y Deporte los metadatos correctos sobre los derechos de propiedad intelectual
de los contenidos, incluyendo la identificación del contenido que está en dominio público.
4. El Ministerio de Cultura y Deporte colaborará con el socio de datos para la
corrección, actualización y eliminación de los metadatos proporcionados por este en un
plazo de treinta (30) días a partir de la petición de dicho socio de datos.
Cuarta.
Uso de los metadatos.
1. A condición de que se cumplan los requisitos previstos en los apartados 2 y 3 de
la cláusula tercera, el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana, incluirán los
metadatos proporcionados por el socio de datos en las bases de datos que mantienen el
Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana, y publicarán dichos metadatos como parte
de estas bases de datos.
2. El Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana, publicarán todos los metadatos,
incluidos los metadatos proporcionados por el socio de datos antes de la fecha de
entrada en vigor de este Convenio, bajo los términos de la Declaración de Dominio
Público Universal CC0 1.0, y el socio de datos autoriza a hacerlo por el presente. El
socio de datos reconoce por el presente que cede –hasta donde permite la legislación
aplicable–, todos los derechos de propiedad intelectual de los metadatos que ha
proporcionado y proporcionará al Ministerio de Cultura y Deporte y a Europeana.
3. En el caso de que el socio de datos haya proporcionado o vaya a proporcionar al
Ministerio de Cultura y Deporte y a través de este a Europeana metadatos que haya
agregado a partir de terceros o que de otro modo procedan de terceros, el socio de datos
garantizará que dichos terceros autorizan al Ministerio de Cultura y Deporte y a
Europeana de acuerdo con el apartado 2 de esta cláusula.
4. Cuando el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana publiquen metadatos que
puedan atribuirse (total o parcialmente) al socio de datos, el Ministerio de Cultura y
Deporte y Europeana estarán obligados a atribuirlos al socio de datos y a la parte o
partes referidas por este, a través del campo edm:dataProvider (o su equivalente en la
versión más reciente) de las especificaciones sobre los metadatos.
5. En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana publiquen una
traducción o transcripción basada en los metadatos proporcionados por el socio de
datos, el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana identificarán la traducción o
transcripción como tal.
Uso de las miniaturas.
1. Sin perjuicio de los apartados 2 y 3 de la presente cláusula, el Ministerio de
Cultura y Deporte y Europeana quedan autorizados a permitir el uso de miniaturas a los
visitantes de Hispana.mcu.es y de Europeana.eu y a terceros de acuerdo con los
términos especificados por el socio de datos en el campo edm:rights (o su equivalente en
la versión más reciente) de las especificaciones sobre los metadatos.
2. El Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana quedan autorizados a almacenar
y publicar en Hispana.mcu.es y Europeana.eu todas las miniaturas proporcionadas por el
socio de datos, aunque solo en combinación con los metadatos que pertenezcan al
mismo contenido.
3. Si el socio de datos es el propietario de los derechos de propiedad intelectual de
las miniaturas que proporciona al Ministerio de Cultura y Deporte y, a través de este, a
Europeana, el socio de datos concede por el presente al Ministerio de Cultura y Deporte
cve: BOE-A-2021-21199
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 159184
sus proveedores de datos son titulares, así como a enviar solo una parte de los
metadatos y miniaturas que él o sus proveedores de datos posean con respecto a un
contenido en particular.
2. El socio de datos remitirá los metadatos de acuerdo con la última versión de las
especificaciones sobre metadatos publicados por Europeana.
3. El socio de datos pondrá la debida diligencia para proporcionar al Ministerio de
Cultura y Deporte los metadatos correctos sobre los derechos de propiedad intelectual
de los contenidos, incluyendo la identificación del contenido que está en dominio público.
4. El Ministerio de Cultura y Deporte colaborará con el socio de datos para la
corrección, actualización y eliminación de los metadatos proporcionados por este en un
plazo de treinta (30) días a partir de la petición de dicho socio de datos.
Cuarta.
Uso de los metadatos.
1. A condición de que se cumplan los requisitos previstos en los apartados 2 y 3 de
la cláusula tercera, el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana, incluirán los
metadatos proporcionados por el socio de datos en las bases de datos que mantienen el
Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana, y publicarán dichos metadatos como parte
de estas bases de datos.
2. El Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana, publicarán todos los metadatos,
incluidos los metadatos proporcionados por el socio de datos antes de la fecha de
entrada en vigor de este Convenio, bajo los términos de la Declaración de Dominio
Público Universal CC0 1.0, y el socio de datos autoriza a hacerlo por el presente. El
socio de datos reconoce por el presente que cede –hasta donde permite la legislación
aplicable–, todos los derechos de propiedad intelectual de los metadatos que ha
proporcionado y proporcionará al Ministerio de Cultura y Deporte y a Europeana.
3. En el caso de que el socio de datos haya proporcionado o vaya a proporcionar al
Ministerio de Cultura y Deporte y a través de este a Europeana metadatos que haya
agregado a partir de terceros o que de otro modo procedan de terceros, el socio de datos
garantizará que dichos terceros autorizan al Ministerio de Cultura y Deporte y a
Europeana de acuerdo con el apartado 2 de esta cláusula.
4. Cuando el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana publiquen metadatos que
puedan atribuirse (total o parcialmente) al socio de datos, el Ministerio de Cultura y
Deporte y Europeana estarán obligados a atribuirlos al socio de datos y a la parte o
partes referidas por este, a través del campo edm:dataProvider (o su equivalente en la
versión más reciente) de las especificaciones sobre los metadatos.
5. En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana publiquen una
traducción o transcripción basada en los metadatos proporcionados por el socio de
datos, el Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana identificarán la traducción o
transcripción como tal.
Uso de las miniaturas.
1. Sin perjuicio de los apartados 2 y 3 de la presente cláusula, el Ministerio de
Cultura y Deporte y Europeana quedan autorizados a permitir el uso de miniaturas a los
visitantes de Hispana.mcu.es y de Europeana.eu y a terceros de acuerdo con los
términos especificados por el socio de datos en el campo edm:rights (o su equivalente en
la versión más reciente) de las especificaciones sobre los metadatos.
2. El Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana quedan autorizados a almacenar
y publicar en Hispana.mcu.es y Europeana.eu todas las miniaturas proporcionadas por el
socio de datos, aunque solo en combinación con los metadatos que pertenezcan al
mismo contenido.
3. Si el socio de datos es el propietario de los derechos de propiedad intelectual de
las miniaturas que proporciona al Ministerio de Cultura y Deporte y, a través de este, a
Europeana, el socio de datos concede por el presente al Ministerio de Cultura y Deporte
cve: BOE-A-2021-21199
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.