III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-21208)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159222

ANEXO II
Precios del término del exceso de potencia (€/kW) y coeficientes de discriminación
por periodo horario
Los precios del término del exceso de potencia (€/kW y día) de aplicación hasta el 31
de diciembre de 2022, a los consumidores a los que les resulte de aplicación el método
de facturación establecido en el artículo 9.4.b).1 de la Circular 3/2020 (puntos de
suministro con tipo medida 4 y 5).
2.0 TD

Precio del exceso de potencia
(€/kW y día).

3.0 TD

6.1 TD

6.2 TD

6.3 TD

6.4 TD

0,078858 0,081164 0,118186 0,082554 0,074580 0,073806

Los precios del término del exceso de potencia (€/kW) de aplicación hasta el 31 de
diciembre de 2022, a los consumidores a los que les resulte de aplicación el método de
facturación establecido en el artículo 9.4.b).2 de la Circular 3/2020 (puntos de suministro
con tipo medida 1, 2 y 3).
2.0 TD

Precio del exceso de potencia
(€/kW).

Coeficiente Kp.

3.0 TD

6.1 TD

6.2 TD

6.3 TD

6.4 TD

2,398610 2,468725 2,500611 2,511007 2,268489 2,244925

Periodo

2.0 TD

3.0 TD

6.1 TD

6.2 TD

6.3 TD

6.4 TD

1

1,000000

1,000000

1,000000

1,000000

1,000000

1,000000

2

0,040842

0,872171

1,000000

1,000000

1,000000

0,765346

3



0,351490

0,545204

0,489150

0,553151

0,368150

4



0,267082

0,412967

0,444995

0,323415

0,271009

5



0,106998

0,027431

0,030784

0,063681

0,051202

6



0,106998

0,027431

0,030784

0,063681

0,051202

ANEXO III
Términos de energía reactiva
a) Determinación de cos ϕ. El factor de potencia o cos ϕ viene definido por la
relación existente entre la energía activa (Ea) y la energía reactiva (Er) en cada uno de
los periodos horarios y se calcula conforme a la siguiente fórmula:

cos  =

𝐸𝑎

Donde:
Ea: Cantidad registrada por el contador de energía activa, expresada en kWh.
Er Cantidad registrada por el contador de energía reactiva, expresada en kVArh. Para
el cálculo de la energía reactiva (Er) los equipos de medida registran la energía reactiva
de los cuadrantes I (QR1) y IV (QR4) por cada período horario. La energía reactiva será
el saldo neto obtenido como diferencia entre las energías reactivas de los cuadrantes

cve: BOE-A-2021-21208
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√𝐸𝑎 2 + 𝐸𝑟 2