I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Comercio exterior. Control sanitario. (BOE-A-2021-21109)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se modifica el anexo I de la Orden de 20 de enero de 1994, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por la que se fijan modalidades de control sanitario de productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Código NC
Designación de la mercancía
Sec. I. Pág. 158570
Tipo de mercancía
Control
Paises de origen/
procedencia
Observaciones
1302 20
– Materias pécticas, pectinatos y pectatos
1302 20 10
– – Secos
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1302 20 90
– – Los demás
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
– Mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados
1302 31 00
– – Agar-agar
1302 32
– – Mucílagos y espesativos de la algarroba o de su semilla o de las semillas de guar, incluso modificados
1302 32 10
– – – De algarroba o de la semilla (garrofín)
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1302 32 90
– – – De semillas de guar
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1302 39 00
– – Los demás
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1404
Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte:
1404 90 00
– Los demás
CAPÍTULO 15: GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS
ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERA DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL
1507
Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente
1507 10
– Aceite en bruto, incluso desgomado:
1507 10 90
– – Los demás
cve: BOE-A-2021-21109
Verificable en https://www.boe.es
CAPÍTULO 14: MATERIAS TRENZABLES Y DEMÁS PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, NO EXPRESADOS NI
COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Código NC
Designación de la mercancía
Sec. I. Pág. 158570
Tipo de mercancía
Control
Paises de origen/
procedencia
Observaciones
1302 20
– Materias pécticas, pectinatos y pectatos
1302 20 10
– – Secos
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1302 20 90
– – Los demás
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
– Mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados
1302 31 00
– – Agar-agar
1302 32
– – Mucílagos y espesativos de la algarroba o de su semilla o de las semillas de guar, incluso modificados
1302 32 10
– – – De algarroba o de la semilla (garrofín)
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1302 32 90
– – – De semillas de guar
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1302 39 00
– – Los demás
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
PONA
SANIM
Todos.
Solo cuando se encuentren destinadas al consumo
humano o a la industria alimentaria.
1404
Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte:
1404 90 00
– Los demás
CAPÍTULO 15: GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS
ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERA DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL
1507
Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente
1507 10
– Aceite en bruto, incluso desgomado:
1507 10 90
– – Los demás
cve: BOE-A-2021-21109
Verificable en https://www.boe.es
CAPÍTULO 14: MATERIAS TRENZABLES Y DEMÁS PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, NO EXPRESADOS NI
COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE