I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Comercio exterior. Control sanitario. (BOE-A-2021-21109)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se modifica el anexo I de la Orden de 20 de enero de 1994, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por la que se fijan modalidades de control sanitario de productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 158530

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE SANIDAD
21109

Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Salud
Pública, por la que se modifica el anexo I de la Orden de 20 de enero de
1994, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por la que se fijan modalidades
de control sanitario de productos de comercio exterior destinados a uso y
consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización.

El Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad
y Consumo en materia de Sanidad Exterior, establece el marco de actuación en el
control sanitario del tráfico internacional de mercancías.
La Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de enero de 1994, por la que
se fijan modalidades de control sanitario a productos de comercio exterior destinados a
uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización,
desarrolla dicho Real Decreto recogiendo, en su anexo I, la lista de mercancías
destinadas a uso o consumo humano que están sometidas a control sistemático en
frontera exterior.
El anexo I de la Orden fue modificado mediante Resolución de la Dirección General
de Salud Pública de fecha de 11 de diciembre de 2020, a través de la cual se procedió a
adecuar el contenido del referido anexo I al Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1577 de
la Comisión, de 21 de septiembre de 2020, por el que se modifica el anexo I del
Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y
estadística y al arancel aduanero común.
Sin embargo, desde el 1 de enero de 2022 resultará de aplicación el Reglamento de
Ejecución (UE) 2021/1832 de la Comisión, de 12 de octubre de 2021, por el que se
modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo, relativo a la
nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común. En consecuencia,
resulta necesario modificar nuevamente el anexo I de la Orden de 20 de enero de 1994 a
fin de que contenga una relación actualizada de la nomenclatura combinada de las
mercancías de uso y consumo humano sometidas a control sanitario por parte de los
Servicios de Inspección de Sanidad Exterior.
Esta Dirección General, en uso de la habilitación contenida en los artículos séptimo y
octavo de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 20 de enero de 1994 y
oídos los sectores afectados, resuelve:
Primero.
Modificar el anexo I de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de
enero de 1994, por la que se fijan modalidades de control sanitario a productos de
comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros
habilitados para su realización, y sustituirlos por el anexo I de esta resolución.

Dar publicidad a la lista con las modalidades de control sanitario a los que están
sujetos los productos de comercio exterior destinados a uso o consumo humano
mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo I de esta
resolución, que sustituye al anexo I de la Orden de 20 de enero de 1994.

cve: BOE-A-2021-21109
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.