I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. (BOE-A-2021-21110)
Real Decreto 1127/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, y el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 158652

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Real Decreto 1127/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifican el Real
Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización
Nacional de Ciegos Españoles, y el Real Decreto 1336/2005, de 11 de
noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos
Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada.

El Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización
Nacional de Ciegos Españoles, configura las actuaciones de la Organización Nacional de
Ciegos Españoles (ONCE), en cuanto Corporación de Derecho Público, de carácter
social, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar y de
autoorganización, integrada por sus afiliados y afiliadas, que son personas con ceguera
o con deficiencia visual grave. Su actividad social, económica y empresarial está
informada por los principios y valores de la solidaridad, la ausencia de ánimo de lucro y
el interés general.
En concreto, los fines esenciales de la ONCE se dirigen a la consecución de la
autonomía personal, la rehabilitación, la plena inclusión social y los derechos de
ciudadanía, la igualdad de oportunidades y no discriminación y la minimización del
impacto que la ceguera o la deficiencia visual grave presentan en la vida de sus afiliados
y afiliadas. Con este fundamento, desarrolla un amplio conjunto de servicios,
prestaciones y actividades sociales inherentes a su naturaleza de entidad de base
asociativa y ejerce, además, funciones públicas delegadas de las administraciones
públicas en todo el territorio español bajo el protectorado del Estado, respecto de las que
actúa en régimen de complementariedad.
Para la consecución de estos fines, la ONCE se financia, principalmente, a través de
los recursos obtenidos en la explotación de las modalidades de juego del ámbito de la
reserva de loterías establecida a su favor por la disposición adicional primera de la
Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; modalidades autorizadas por el
Estado al amparo de lo previsto en la disposición adicional segunda de la mencionada
Ley 13/2011, de 27 de mayo, así como en la disposición adicional tercera de la
Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, y en la disposición adicional vigésima
de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para 1986; cuyos términos son concretados en el Acuerdo General entre el Gobierno de
la Nación y la ONCE vigente en cada momento.
En cuanto al mencionado Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la
ONCE, en sustitución del correspondiente al periodo de 2012-2021 que finaliza su
vigencia el 31 de diciembre del presente año, el Consejo de Ministros de 2 de noviembre
de 2021 ha aprobado el «Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la
Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de cooperación,
solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el
periodo 2022-2031».
Al igual que el Acuerdo General ahora vigente, el nuevo Acuerdo General persigue
asegurar la estabilidad jurídico-institucional y económico-financiera de la ONCE a largo
plazo, dotándola de herramientas comerciales que generen recursos suficientes para
financiar su importante labor social, tanto en favor de las personas ciegas o con
deficiencia visual grave como en su compromiso de solidaridad con otros colectivos de
personas con discapacidad diferente a las de naturaleza visual, profundizando en la
cooperación con las administraciones públicas en el desarrollo de políticas sociales y en
la vertebración del Tercer Sector y de la economía social. Con este objetivo se actualizan

cve: BOE-A-2021-21110
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