I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-21107)
Real Decreto 1125/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión de subvenciones directas a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la realización de inversiones de digitalización de redes de distribución de energía eléctrica y en infraestructuras para la recarga del vehículo eléctrico con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 158520

ANEXO
Convenio para la colaboración en la gestión de las subvenciones directas a
empresas distribuidoras de energía eléctrica para la realización de inversiones de
digitalización de redes de distribución de energía eléctrica y en infraestructuras
para la recarga del vehículo eléctrico con cargo a los fondos del plan de
recuperación, transformación y resiliencia
REUNIDOS
De una parte, doña Sara Aagesen Muñoz, Secretaria de Estado de Energía del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrada para este cargo
en virtud del Real Decreto 98/2020, de 17 de enero, actuando por delegación de la
Vicepresidenta tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden
TEC/1425/2018, de 17 de diciembre, de delegación de competencias, vigente de
acuerdo a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 500/2020,
de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales.
Y de otra, doña Cani Fernández Vicién, Presidenta de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, en cuyo nombre y representación actúa, en uso de las
facultades que tiene atribuidas por el artículo 15.2.i) del Estatuto Orgánico de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, aprobado por el Real
Decreto 657/2013, de 30 de agosto.
En virtud de la representación que ostentan, y reconociéndose mutuamente plena
capacidad para actuar y suscribir el presente Convenio,
EXPONEN
Primero.
La Secretaría de Estado de Energía, como órgano superior dependiente del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ejerce las competencias de
la Administración General del Estado en el ámbito de la energía según el Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales.

Entre dichas competencias, el artículo 2.1.a) del mencionado Real Decreto 500/2020
concede a la Secretaría de Estado de Energía las competencias en desarrollo de la
política energética y minera, en línea con el objetivo de garantizar la seguridad de
suministro, la seguridad pública, la sostenibilidad económica y financiera de los sistemas
eléctrico y gasista, la independencia del suministro, la calidad del aire, la lucha contra el
cambio climático y respeto al medio ambiente, la gestión óptima y el desarrollo de los
recursos nacionales, la gestión de la demanda, la gestión de las elecciones tecnológicas
futuras, la utilización de la energía, la protección de los consumidores energéticos
vulnerables y la reducción de la pobreza energética, así como cualesquiera otros que
guarden relación directa con las competencias de la Administración General del Estado
en materia energética.

cve: BOE-A-2021-21107
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.