I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-21106)
Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158500
tabla tanto para cada tecnología renovable como para las microrredes de distrito de calor
y/o frío, en cuyo caso se verá limitado por este valor:
Actuaciones subvencionables por tecnología renovable
Actuaciones subvencionables
Coste subvencionable unitario máximo
(Csum) o Coste elegible unitario máximo
(Ceum) (€/kW)
Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas
2.000
Instalaciones aerotérmicas
1.000
1.070
Instalación Solar Térmica ( )
1
Biomasa Cámara de combustión ( )
100
Calderas de biomasa y aparatos de calefacción local
(2)
500
Desarrollo de nuevas redes de tuberías de
distribución y subestaciones de intercambio o
ampliación de existentes para centrales de
generación nuevas o existentes (3)
450
2
(1) En el caso de incorporar sistemas de producción de frío mediante energía térmica como máquinas de
absorción, adsorción, etc. el coste subvencionable unitario máximo se verá incrementado en un 50 %.
(2) El combustible será 100% renovable y no se permitirá la utilización de combustibles provenientes de
maderas que hayan sido tratadas químicamente.
(3) La potencia se medirá en potencia de intercambio.
El coste subvencionable total de la instalación de producción será:
Coste subvencionable total = Csu x Ps
Donde Ps es la potencia de producción térmica realmente instalada en kW, teniendo
en cuenta las mismas consideraciones expuestas en el Programa 1.
En el caso particular de hibridaciones de centrales de producción que compartan
varias tipologías de actuación, el cálculo del coste total subvencionable unitario máximo
se aplicará con la expresión detallada en el Programa de Incentivos 1.
Para las microrredes de distrito de calor y/o frío, el coste subvencionable total de la
instalación se determinará de acuerdo con la fórmula incluida en el Programa de
Incentivos 1.
AIII.A3 Cuantía de las ayudas
Para ambos programas de incentivos, el importe de la ayuda a otorgar será la suma
de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional que pudiera corresponder en cada caso:
Para el Programa de incentivos 1, el importe a otorgar a la instalación de producción
de energía renovable térmica será de 35 puntos porcentuales sobre el coste
subvencionable para todas las actuaciones subvencionables. La intensidad de ayuda se
incrementará en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a
pequeñas empresas y en 5 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a
medianas empresas.
cve: BOE-A-2021-21106
Verificable en https://www.boe.es
1.º Ayuda base.
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158500
tabla tanto para cada tecnología renovable como para las microrredes de distrito de calor
y/o frío, en cuyo caso se verá limitado por este valor:
Actuaciones subvencionables por tecnología renovable
Actuaciones subvencionables
Coste subvencionable unitario máximo
(Csum) o Coste elegible unitario máximo
(Ceum) (€/kW)
Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas
2.000
Instalaciones aerotérmicas
1.000
1.070
Instalación Solar Térmica ( )
1
Biomasa Cámara de combustión ( )
100
Calderas de biomasa y aparatos de calefacción local
(2)
500
Desarrollo de nuevas redes de tuberías de
distribución y subestaciones de intercambio o
ampliación de existentes para centrales de
generación nuevas o existentes (3)
450
2
(1) En el caso de incorporar sistemas de producción de frío mediante energía térmica como máquinas de
absorción, adsorción, etc. el coste subvencionable unitario máximo se verá incrementado en un 50 %.
(2) El combustible será 100% renovable y no se permitirá la utilización de combustibles provenientes de
maderas que hayan sido tratadas químicamente.
(3) La potencia se medirá en potencia de intercambio.
El coste subvencionable total de la instalación de producción será:
Coste subvencionable total = Csu x Ps
Donde Ps es la potencia de producción térmica realmente instalada en kW, teniendo
en cuenta las mismas consideraciones expuestas en el Programa 1.
En el caso particular de hibridaciones de centrales de producción que compartan
varias tipologías de actuación, el cálculo del coste total subvencionable unitario máximo
se aplicará con la expresión detallada en el Programa de Incentivos 1.
Para las microrredes de distrito de calor y/o frío, el coste subvencionable total de la
instalación se determinará de acuerdo con la fórmula incluida en el Programa de
Incentivos 1.
AIII.A3 Cuantía de las ayudas
Para ambos programas de incentivos, el importe de la ayuda a otorgar será la suma
de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional que pudiera corresponder en cada caso:
Para el Programa de incentivos 1, el importe a otorgar a la instalación de producción
de energía renovable térmica será de 35 puntos porcentuales sobre el coste
subvencionable para todas las actuaciones subvencionables. La intensidad de ayuda se
incrementará en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a
pequeñas empresas y en 5 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a
medianas empresas.
cve: BOE-A-2021-21106
Verificable en https://www.boe.es
1.º Ayuda base.