I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-21106)
Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158491
modelo incluido en anexo IV de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la
que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
5. Adicionalmente a los apartados anteriores, el Programa de Incentivos 1 aportará:
1. Declaración de que el destinatario último no está en crisis, según lo establecido
por las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de
reestructuración de empresas en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1,
de 31 de julio de 2014).
2. Declaración de tipo y categoría de empresa según artículo 2 del anexo de la
Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (2003/361/CE) o anexo I de
Reglamento (UE) 651/2014, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas
empresas.
c) Justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar daño
significativo (principio do not significant harm-DNSH) a ninguno de los objetivos
medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852 el Parlamento Europeo
y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para
facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el Reglamento (UE)
2019/2088. Para las actuaciones que no superen los 100 kW de potencia el solicitante
deberá presentar una declaración responsable de este cumplimiento. A estos efectos el
IDAE podrá publicar guías que faciliten la elaboración de esta justificación.
d) La solicitud de ayuda, firmada por el solicitante o, en su caso, por el
representante de éste, deberá contener la siguiente información conforme a lo
establecido en el anexo III.
Tipología de la actuación subvencionable
Descripción de la actuación subvencionable
Potencia (Ps)
kW
Coste total del proyecto (CT)
€
Coste elegible total (CeT), incluyendo desglose de partidas
€
Coste elegible unitario (Ceu)
[Ceu = CeT / Ps]
€/kW
Coste subvencionable unitario (Csu)
[Programa de Incentivos 1: Csu = Ceu – Cuf
Programa de Incentivos 2: Csu=Ceu)]
€/kW
Coste subvencionable unitario máximo (Csum) según anexo AIII.A2
€/kW
Coste subvencionable total
[CsuT = Ps x min (Csu, Csum)]
€
Cuantía máxima de la ayuda solicitada
€
Para hibridaciones y, en su caso, para microrredes de calor se completará la tabla
introduciendo una columna para cada tipología de actuación.
e) Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las
actuaciones, suficientemente desglosado, de fecha posterior a la publicación en el
Boletín Oficial del Estado del presente real decreto. En el caso de destinatarios últimos
sujetos a normativa de contratación pública, esta documentación podrá sustituirse por el
borrador de los pliegos de licitación correspondientes.
cve: BOE-A-2021-21106
Verificable en https://www.boe.es
Coste unitario de la instalación de referencia (Cuf) según anexo AIII.A2 (para Programa de
€/kW
Incentivos 1)
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158491
modelo incluido en anexo IV de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la
que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
5. Adicionalmente a los apartados anteriores, el Programa de Incentivos 1 aportará:
1. Declaración de que el destinatario último no está en crisis, según lo establecido
por las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de
reestructuración de empresas en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1,
de 31 de julio de 2014).
2. Declaración de tipo y categoría de empresa según artículo 2 del anexo de la
Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (2003/361/CE) o anexo I de
Reglamento (UE) 651/2014, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas
empresas.
c) Justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar daño
significativo (principio do not significant harm-DNSH) a ninguno de los objetivos
medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852 el Parlamento Europeo
y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para
facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el Reglamento (UE)
2019/2088. Para las actuaciones que no superen los 100 kW de potencia el solicitante
deberá presentar una declaración responsable de este cumplimiento. A estos efectos el
IDAE podrá publicar guías que faciliten la elaboración de esta justificación.
d) La solicitud de ayuda, firmada por el solicitante o, en su caso, por el
representante de éste, deberá contener la siguiente información conforme a lo
establecido en el anexo III.
Tipología de la actuación subvencionable
Descripción de la actuación subvencionable
Potencia (Ps)
kW
Coste total del proyecto (CT)
€
Coste elegible total (CeT), incluyendo desglose de partidas
€
Coste elegible unitario (Ceu)
[Ceu = CeT / Ps]
€/kW
Coste subvencionable unitario (Csu)
[Programa de Incentivos 1: Csu = Ceu – Cuf
Programa de Incentivos 2: Csu=Ceu)]
€/kW
Coste subvencionable unitario máximo (Csum) según anexo AIII.A2
€/kW
Coste subvencionable total
[CsuT = Ps x min (Csu, Csum)]
€
Cuantía máxima de la ayuda solicitada
€
Para hibridaciones y, en su caso, para microrredes de calor se completará la tabla
introduciendo una columna para cada tipología de actuación.
e) Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las
actuaciones, suficientemente desglosado, de fecha posterior a la publicación en el
Boletín Oficial del Estado del presente real decreto. En el caso de destinatarios últimos
sujetos a normativa de contratación pública, esta documentación podrá sustituirse por el
borrador de los pliegos de licitación correspondientes.
cve: BOE-A-2021-21106
Verificable en https://www.boe.es
Coste unitario de la instalación de referencia (Cuf) según anexo AIII.A2 (para Programa de
€/kW
Incentivos 1)