I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2021-21099)
Orden HFP/1423/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/2219/2010, de 29 de julio, por la que se aprueba el sistema de firma electrónica de clave concertada para actuaciones en la sede electrónica asociada de la Dirección General del Catastro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

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realizadas por los usuarios a través del dicho sistema, supondrá una reducción de
cargas administrativas, al evitar la necesidad de efectuarlas de manera presencial.
Además, en la elaboración de la norma se han procurado los menores costes indirectos,
fomentando el uso racional de los recursos públicos y el pleno respeto a los principios de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Esta Orden se dicta en ejercicio de la habilitación otorgada por el artículo 28.3 del
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
En su virtud, previa autorización de la Secretaría General de Administración Digital,
dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden EHA/2219/2010, de 29 de julio, por la que se
aprueba el sistema de firma electrónica de clave concertada para actuaciones en la
Sede Electrónica Asociada de la Dirección General del Catastro.
Se modifica el punto 4 del apartado I, «Descripción del sistema de clave
concertada», del anexo de la Orden EHA/2219/2010, de 29 de julio, por el que se
aprueba el sistema de firma electrónica de clave concertada para actuaciones en la Sede
Electrónica Asociada de la Dirección General del Catastro, eliminándose su inciso final.
El punto 4 del apartado I del anexo queda redactado como sigue:
«ANEXO
I. Descripción del sistema de clave concertada
4. La clave concertada tiene una validez constreñida a un tipo de actuación
determinado y para un plazo de tiempo predefinido y delimitado, de manera que
no es posible su utilización como medio de firma electrónica fuera de dicho ámbito
y del plazo temporal fijado.»
Disposición final.

Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado». Asimismo será objeto de publicación en la Sede Electrónica
Asociada de la Dirección General del Catastro.

cve: BOE-A-2021-21099
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 20 de diciembre de 2021.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, María
Jesús Montero Cuadrado.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X