I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Organización. (BOE-A-2021-21103)
Orden APA/1424/2021, de 16 de diciembre, por la que se crea la Mesa del sistema integrado de gestión y control de los pagos de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158387
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/1424/2021, de 16 de diciembre, por la que se crea la Mesa del
sistema integrado de gestión y control de los pagos de la Política Agrícola
Común.
El Reglamento (UE) n.º 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los
agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política
Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 637/2008 y (CE)
n.º 73/2009 del Consejo, constituye el marco jurídico actual para el régimen de pagos
directos.
Por otro lado, el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la
Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE)
n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE), n.º 814/2000, (CE), n.º 1290/2005 y (CE),
n.º 485/2008 del Consejo, establece las normas básicas sobre el sistema de control y
sanciones que será de aplicación a las ayudas financias con cargo al FEAGA y al
FEADER, y en concreto para los pagos directos y las medidas de desarrollo rural que se
concedan por superficie o cabeza de ganado contempla la creación de un Sistema
Integrado de Gestión y Control.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 bis del Reglamento de Ejecución
(UE) 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo
y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas
de desarrollo rural y la condicionalidad, existe la posibilidad de utilización de los controles
por monitorización por las comunidades autónomas.
La aplicación de este marco normativo se ha desarrollado en el ámbito nacional
principalmente a través del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la
aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros
regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los
pagos al desarrollo rural, y el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre
asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.
Como complemento necesario al modelo aplicado en el Reino de España del nuevo
régimen de pago básico, se publicó el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por
el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC),
con el objetivo de establecer los criterios básicos que han de garantizar el correcto
funcionamiento de este instrumento de gestión en el marco del sistema integrado de
gestión y control y resto de regímenes de ayuda relacionados con la superficie de la
política agrícola común.
Por último, este marco regulador se completó mediante el Real Decreto 1078/2014,
de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que
deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas
anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al
sector vitivinícola.
Las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) se financian con cargo a los fondos
europeos agrícolas, FEAGA y FEADER, mediante el mecanismo de gestión compartida
entre los Estados miembros y la Unión Europea, siendo los organismos pagadores de los
Estados miembros los responsables de realizar los pagos de ambos fondos.
El Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento europeo y del Consejo de 17 de
diciembre de 2013, posibilita la designación de varios organismos pagadores,
cve: BOE-A-2021-21103
Verificable en https://www.boe.es
21103
Núm. 305
Miércoles 22 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 158387
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/1424/2021, de 16 de diciembre, por la que se crea la Mesa del
sistema integrado de gestión y control de los pagos de la Política Agrícola
Común.
El Reglamento (UE) n.º 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los
agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política
Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 637/2008 y (CE)
n.º 73/2009 del Consejo, constituye el marco jurídico actual para el régimen de pagos
directos.
Por otro lado, el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la
Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE)
n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE), n.º 814/2000, (CE), n.º 1290/2005 y (CE),
n.º 485/2008 del Consejo, establece las normas básicas sobre el sistema de control y
sanciones que será de aplicación a las ayudas financias con cargo al FEAGA y al
FEADER, y en concreto para los pagos directos y las medidas de desarrollo rural que se
concedan por superficie o cabeza de ganado contempla la creación de un Sistema
Integrado de Gestión y Control.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 bis del Reglamento de Ejecución
(UE) 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo
y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas
de desarrollo rural y la condicionalidad, existe la posibilidad de utilización de los controles
por monitorización por las comunidades autónomas.
La aplicación de este marco normativo se ha desarrollado en el ámbito nacional
principalmente a través del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la
aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros
regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los
pagos al desarrollo rural, y el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre
asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.
Como complemento necesario al modelo aplicado en el Reino de España del nuevo
régimen de pago básico, se publicó el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por
el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC),
con el objetivo de establecer los criterios básicos que han de garantizar el correcto
funcionamiento de este instrumento de gestión en el marco del sistema integrado de
gestión y control y resto de regímenes de ayuda relacionados con la superficie de la
política agrícola común.
Por último, este marco regulador se completó mediante el Real Decreto 1078/2014,
de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que
deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas
anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al
sector vitivinícola.
Las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) se financian con cargo a los fondos
europeos agrícolas, FEAGA y FEADER, mediante el mecanismo de gestión compartida
entre los Estados miembros y la Unión Europea, siendo los organismos pagadores de los
Estados miembros los responsables de realizar los pagos de ambos fondos.
El Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento europeo y del Consejo de 17 de
diciembre de 2013, posibilita la designación de varios organismos pagadores,
cve: BOE-A-2021-21103
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