I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Energías renovables. (BOE-A-2021-21113)
Decreto-ley 24/2021, de 26 de octubre, de aceleración del despliegue de las energías renovables distribuidas y participadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 158689

2. Los procedimientos de autorización administrativa para la implantación de un
parque eólico o de una planta solar fotovoltaica iniciados antes de la entrada en vigor de
este Decreto-ley cuyo trámite de información pública todavía no se haya iniciado en la
fecha de entrada en vigor del presente Decreto-ley se rigen por las previsiones de este
Decreto-ley.
Disposición derogatoria.
Se deroga el artículo 11 del Decreto-ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas
urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables.
Se deroga el apartado 2 de la disposición transitoria tercera de la Ley 3/2019, de 17
de junio, de los espacios agrarios.
Disposición final primera.
El Gobierno debe impulsar, en el plazo de 3 meses, las modificaciones legislativas
necesarias para facilitar la implantación de fuentes de energía renovable en los edificios.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

Este Decreto-ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial
de la Generalitat de Catalunya».
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos y las ciudadanas a quienes sea de
aplicación este Decreto-ley cooperen en su cumplimiento, y que los tribunales y
autoridades a los que corresponda lo hagan cumplir.
Barcelona, 26 de octubre de 2021.–El Presidente de la Generalitat de Catalunya,
Pere Aragonès i Garcia.–La Consejera de Acción Climática, Alimentación y Agenda
Rural, Teresa Jordà i Roura.

cve: BOE-A-2021-21113
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 8531, de 27 de octubre de 2021.
Convalidado por Resolución 180/XIV del Parlamento de Catalunya, publicada en el «Diario Oficial de la
Generalitat de Cataluña»número 8559, de 9 de diciembre de 2021)

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X