III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-21065)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la mejora de la extension y conectividad de la red de investigación de Aragón en su conexión a RedIRIS.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 156688
Es objetivo del MCIN facilitar, a través de RedIRIS, el mejor servicio posible de
conectividad nacional e internacional a las instituciones afiliadas, de las que forma parte
la Red de Investigación de Aragón (en adelante, RIA), gestionada por el Departamento
de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento del Gobierno de Aragón, que
vertebra las telecomunicaciones y servicios TIC a la comunidad académica y científica en
esta Comunidad.
Cuarto.
La gestión integrada de los servicios y sistemas para la información y las
telecomunicaciones que corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón, de acuerdo con las atribuciones que le otorga su Estatuto de Autonomía y de
conformidad con lo que establece la legislación sobre la materia.
La planificación técnica, diseño, contratación, implantación, gestión, operación y
mantenimiento de las infraestructuras, equipos, sistemas, servicios y aplicaciones para la
información y las telecomunicaciones que precise la Administración de la Comunidad
cve: BOE-A-2021-21065
Verificable en https://www.boe.es
La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 71.41.ª del Estatuto de
Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, tiene atribuida
la competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y
tecnológica, que comprende entre otras cuestiones, el fomento y desarrollo de las
tecnologías para la Sociedad de la Información.
Así mismo, el artículo 28 dispone que los poderes públicos aragoneses promoverán
las condiciones para garantizar en el territorio de Aragón el acceso sin discriminaciones
a los servicios audiovisuales y las tecnologías de la información y la comunicación.
En el seno de la Administración de esta Comunidad Autónoma, las citadas
competencias corresponden en la actualidad al Departamento de Ciencia, Universidad y
Sociedad del Conocimiento, según lo dispuesto en el Decreto de 7/2020, de 10 de
febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del
citado Departamento.
Al amparo de esta atribución competencial ejerce las funciones relativas a la
promoción, el fomento y la implantación de las tecnologías de la información y las
comunicaciones y de la sociedad de la información, con especial atención a su
incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón y en las Administraciones
Públicas de su territorio, así como el diseño, la coordinación y la implantación de
infraestructuras que permitan el acceso a las nuevas tecnologías y a la sociedad de la
información de los diferentes sectores sociales y económicos de Aragón.
Asimismo, le corresponde la dirección estratégica de la Red de Investigación de
Aragón (RIA) prevista en el artículo 26 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre. Según
dicho artículo, la Red de Investigación en Aragón (RIA) es la estructura pública de
transporte de información de alta velocidad y capacidad del Gobierno de Aragón
dedicada a dar soporte al flujo de datos entre los agentes y centros del Sistema
Aragonés de I+D+i, la Red Académica y de Investigación Nacional RedIRIS y la
comunidad científica internacional.
Por otra parte, la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos (en adelante,
AST), creada en virtud de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, reconocida como medio propio
instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Aragón y adscrita al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del
Conocimiento, en virtud del Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del
Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos,
desempeña un papel esencial en la gestión, uso y explotación de las infraestructuras de
telecomunicaciones del Gobierno de Aragón.
Así, la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la Entidad Pública Aragonesa de
Servicios Telemáticos, cita en su artículo 4, entre otras, las siguientes funciones de AST:
Núm. 304
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 156688
Es objetivo del MCIN facilitar, a través de RedIRIS, el mejor servicio posible de
conectividad nacional e internacional a las instituciones afiliadas, de las que forma parte
la Red de Investigación de Aragón (en adelante, RIA), gestionada por el Departamento
de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento del Gobierno de Aragón, que
vertebra las telecomunicaciones y servicios TIC a la comunidad académica y científica en
esta Comunidad.
Cuarto.
La gestión integrada de los servicios y sistemas para la información y las
telecomunicaciones que corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón, de acuerdo con las atribuciones que le otorga su Estatuto de Autonomía y de
conformidad con lo que establece la legislación sobre la materia.
La planificación técnica, diseño, contratación, implantación, gestión, operación y
mantenimiento de las infraestructuras, equipos, sistemas, servicios y aplicaciones para la
información y las telecomunicaciones que precise la Administración de la Comunidad
cve: BOE-A-2021-21065
Verificable en https://www.boe.es
La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 71.41.ª del Estatuto de
Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, tiene atribuida
la competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y
tecnológica, que comprende entre otras cuestiones, el fomento y desarrollo de las
tecnologías para la Sociedad de la Información.
Así mismo, el artículo 28 dispone que los poderes públicos aragoneses promoverán
las condiciones para garantizar en el territorio de Aragón el acceso sin discriminaciones
a los servicios audiovisuales y las tecnologías de la información y la comunicación.
En el seno de la Administración de esta Comunidad Autónoma, las citadas
competencias corresponden en la actualidad al Departamento de Ciencia, Universidad y
Sociedad del Conocimiento, según lo dispuesto en el Decreto de 7/2020, de 10 de
febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del
citado Departamento.
Al amparo de esta atribución competencial ejerce las funciones relativas a la
promoción, el fomento y la implantación de las tecnologías de la información y las
comunicaciones y de la sociedad de la información, con especial atención a su
incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón y en las Administraciones
Públicas de su territorio, así como el diseño, la coordinación y la implantación de
infraestructuras que permitan el acceso a las nuevas tecnologías y a la sociedad de la
información de los diferentes sectores sociales y económicos de Aragón.
Asimismo, le corresponde la dirección estratégica de la Red de Investigación de
Aragón (RIA) prevista en el artículo 26 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre. Según
dicho artículo, la Red de Investigación en Aragón (RIA) es la estructura pública de
transporte de información de alta velocidad y capacidad del Gobierno de Aragón
dedicada a dar soporte al flujo de datos entre los agentes y centros del Sistema
Aragonés de I+D+i, la Red Académica y de Investigación Nacional RedIRIS y la
comunidad científica internacional.
Por otra parte, la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos (en adelante,
AST), creada en virtud de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, reconocida como medio propio
instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Aragón y adscrita al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del
Conocimiento, en virtud del Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del
Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos,
desempeña un papel esencial en la gestión, uso y explotación de las infraestructuras de
telecomunicaciones del Gobierno de Aragón.
Así, la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la Entidad Pública Aragonesa de
Servicios Telemáticos, cita en su artículo 4, entre otras, las siguientes funciones de AST: