II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-21047)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por concurso-oposición, a la categoría de Técnico Medio Audiovisuales (Subgrupo A2).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de diciembre de 2021

7.

Sec. II.B. Pág. 156491

Calificación de los ejercicios

7.1 En estos ejercicios se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las
cuestiones teóricas o a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la
capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita de la persona aspirante.
7.2 El primer ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos. Cada pregunta contestada
erróneamente tendrá una penalización de un tercio sobre las correctas y las
contestaciones en blanco no puntuarán. Será necesario obtener un mínimo de 15 puntos
para superar este ejercicio.
La fórmula de corrección será la siguiente:

 (nº aciertos )  (nº fallos / 3) 
 x30
Puntuación  
(
º
)
n
preguntas


A continuación se configurará una relación, por cada uno de los turnos, que se
ordenará por puntuación de mayor a menor con aquellas personas aspirantes que hayan
superado este primer ejercicio. La publicación de esta relación se efectuará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
7.3 El segundo ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos, siendo eliminados las
personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 15 puntos.
Cada una de los ejercicios/supuestos prácticos se valorará de 0 a 15 puntos. En
cada uno de ellos se deberá alcanzar un mínimo de 4 puntos para poder sumar en la
puntuación total del ejercicio.
La puntuación total del ejercicio se obtendrá con la suma de las puntuaciones de los
dos ejercicios/ supuestos prácticos elegidos por la persona aspirante.
A continuación se configurará una relación, por cada uno de los turnos, que se
ordenará por puntuación de mayor a menor con aquellas personas aspirantes que hayan
superado este segundo ejercicio. La publicación de esta relación se efectuará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
7.4 La calificación resultante de la fase de oposición, por cada uno de los turnos,
vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos
ejercicios, obligatorios y eliminatorios de aquellas personas aspirantes que hayan
superado los mismos. La publicación de la puntuación final de la fase de oposición, se
efectuará de conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Junto con la publicación de la relación, por cada turno, de las personas aspirantes
que han superado la fase de oposición, el tribunal, abrirá un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta relación, para que las
personas interesadas presenten la documentación acreditativa de los méritos y
experiencia previstos en los anexos II y III; en el Registro General de la Universitat
Politècnica de València, sito en el edificio 3F, planta baja, junto a Rectorado, Camino de
Vera s/n, CP 46071, de Valencia; en el registro de la Escuela Politécnica Superior de
Alcoy sito en la plaza Ferrándiz y Carbonell s/n de Alcoy; en el registro de la Escuela
Politécnica Superior de Gandia sito en la calle Paranimf n.º 1, del Grao de Gandia, o en
cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Únicamente se valorarán aquellos méritos alegados y acreditados suficientemente
por las personas interesadas y cuya fecha de obtención no sea posterior a la fecha de
finalización del plazo de presentación de instancias prevista en la base 4.1.
No se valorarán aquellos méritos que no se encuentren suficientemente acreditados,
no admitiéndose la documentación presentada fuera del plazo concedido a tal efecto en
esta misma base.
Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna, deberán
presentar la documentación acreditativa que figura en el Anexo II, salvo que conste en su

cve: BOE-A-2021-21047
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Núm. 304