III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2021-21085)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 para el establecimiento de proyectos de seguridad del paciente "Tolerancia Zero" en pacientes críticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 156717
– Fomentar la aplicación efectiva de la legislación nacional que impida la
dispensación ilegal de agentes antibióticos tanto en el sector de la salud humana como
en el veterinario.
Cuarto.
Que la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (en
adelante SEMICYUC) es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Nacional
de Asociaciones, con el número nacional 10.002 y CIF G 79365748, y con facultades
suficientes a tenor de lo establecido en sus Estatutos, con domicilio social en Paseo de
la Reina Cristina, 36, 1.º D, Madrid.
Quinto.
Que entre los objetivos de la SEMICYUC se encuentran promover la mejora en la
atención al paciente críticamente enfermo, así como potenciar el ejercicio profesional de
sus asociados y ayudar en el desarrollo de sus competencias, procurando al mismo
tiempo el reconocimiento de éstos en el entorno de la salud y de la sociedad.
Sexto.
Que en virtud de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias
(SEMICYUC), por un importe máximo de sesenta y ocho mil euros (68.000 €).
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominatívamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este Convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 de su Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente
convenio de acuerdo con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la Sociedad Española de
Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC) para contribuir a la
seguridad clínica de los pacientes críticos mediante el establecimiento del Desarrollo de
Proyectos de Seguridad del Paciente «Tolerancia Zero» en Pacientes Críticos.
Compromisos de la SEMICYUC.
– Monitorizar el impacto a largo plazo de los proyectos «bacteriemia Zero» (BZ) y
«neumonía Zero» (NZ) mediante el registro de las tasas bacteriemias por catéter
vascular (BCV) y neumonía en pacientes con ventilación mecánica (NVM).
– Monitorizar la evolución de los pacientes con bacterias multirresistentes (BMR)
identificadas a partir de las 48 horas de su ingreso en UCI españolas tras la aplicación
de un paquete de recomendaciones establecidas por el Ministerio de Sanidad (Dirección
General de Salud Pública).
cve: BOE-A-2021-21085
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 304
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 156717
– Fomentar la aplicación efectiva de la legislación nacional que impida la
dispensación ilegal de agentes antibióticos tanto en el sector de la salud humana como
en el veterinario.
Cuarto.
Que la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (en
adelante SEMICYUC) es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Nacional
de Asociaciones, con el número nacional 10.002 y CIF G 79365748, y con facultades
suficientes a tenor de lo establecido en sus Estatutos, con domicilio social en Paseo de
la Reina Cristina, 36, 1.º D, Madrid.
Quinto.
Que entre los objetivos de la SEMICYUC se encuentran promover la mejora en la
atención al paciente críticamente enfermo, así como potenciar el ejercicio profesional de
sus asociados y ayudar en el desarrollo de sus competencias, procurando al mismo
tiempo el reconocimiento de éstos en el entorno de la salud y de la sociedad.
Sexto.
Que en virtud de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias
(SEMICYUC), por un importe máximo de sesenta y ocho mil euros (68.000 €).
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominatívamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este Convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 de su Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente
convenio de acuerdo con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la Sociedad Española de
Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC) para contribuir a la
seguridad clínica de los pacientes críticos mediante el establecimiento del Desarrollo de
Proyectos de Seguridad del Paciente «Tolerancia Zero» en Pacientes Críticos.
Compromisos de la SEMICYUC.
– Monitorizar el impacto a largo plazo de los proyectos «bacteriemia Zero» (BZ) y
«neumonía Zero» (NZ) mediante el registro de las tasas bacteriemias por catéter
vascular (BCV) y neumonía en pacientes con ventilación mecánica (NVM).
– Monitorizar la evolución de los pacientes con bacterias multirresistentes (BMR)
identificadas a partir de las 48 horas de su ingreso en UCI españolas tras la aplicación
de un paquete de recomendaciones establecidas por el Ministerio de Sanidad (Dirección
General de Salud Pública).
cve: BOE-A-2021-21085
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.