I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. (BOE-A-2021-21006)
Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 21 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 156170

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», excepto las modificaciones relativas a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y
anexos V, VI y VII, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan
guardar esta ley.
Madrid, 20 de diciembre de 2021.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,

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PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X