III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-20987)
Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Pasaia, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Ayuntamiento de Pasaia, para el mantenimiento de las áreas destinadas a la interacción puerto-ciudad de la zona de servicio del Puerto de Pasaia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Novena.
Sec. III. Pág. 155817
Modificación.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Décima.
Extinción.
Serán causas de extinción del presente convenio, además de las establecidas en el
artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
las siguientes:
a) El mutuo acuerdo de las partes.
b) La necesidad del uso de los terrenos involucrados para una finalidad portuaria
que impida su libre acceso público en los términos anteriormente señalados.
c) La imposibilidad acreditada de su cumplimiento por motivos ajenos a la voluntad
de las partes.
Undécima.
Consecuencias en caso de incumplimiento.
El incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos facultará
al resto para exigir su estricto cumplimiento o para solicitar la resolución del convenio. En
este último supuesto, las partes intervinientes determinarán las condiciones para la
finalización y pago de las actuaciones que se hallaren en ejecución.
La determinación de los efectos de la resolución del convenio, se regulará con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 52 de la reseñada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público
Duodécima.
Naturaleza y jurisdicción aplicable.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y
desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, con expresa sumisión de las partes a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-20987
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su total conformidad, las partes firman este convenio, por
cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el
encabezamiento.–La Diputada Foral del Departamento de Movilidad y Ordenación del
Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa, Rafaela Romero Pozo.–El Presidente de la
Autoridad Portuaria de Pasaia, Joakin Tellería Aguirrezabala.–La Alcaldesa de Pasaia,
lzaskun Gómez Cermeño.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Novena.
Sec. III. Pág. 155817
Modificación.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Décima.
Extinción.
Serán causas de extinción del presente convenio, además de las establecidas en el
artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
las siguientes:
a) El mutuo acuerdo de las partes.
b) La necesidad del uso de los terrenos involucrados para una finalidad portuaria
que impida su libre acceso público en los términos anteriormente señalados.
c) La imposibilidad acreditada de su cumplimiento por motivos ajenos a la voluntad
de las partes.
Undécima.
Consecuencias en caso de incumplimiento.
El incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos facultará
al resto para exigir su estricto cumplimiento o para solicitar la resolución del convenio. En
este último supuesto, las partes intervinientes determinarán las condiciones para la
finalización y pago de las actuaciones que se hallaren en ejecución.
La determinación de los efectos de la resolución del convenio, se regulará con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 52 de la reseñada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público
Duodécima.
Naturaleza y jurisdicción aplicable.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y
desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, con expresa sumisión de las partes a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-20987
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su total conformidad, las partes firman este convenio, por
cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el
encabezamiento.–La Diputada Foral del Departamento de Movilidad y Ordenación del
Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa, Rafaela Romero Pozo.–El Presidente de la
Autoridad Portuaria de Pasaia, Joakin Tellería Aguirrezabala.–La Alcaldesa de Pasaia,
lzaskun Gómez Cermeño.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X