III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-20994)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con Acción Cultural Española, SA, la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España y Amazon Digital UK Limited, para colaborar en la puesta en marcha de proyecto de recuperación para el sector audiovisual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155857
V. Que las partes quieren colaborar con el fin común de proteger la creación
audiovisual española y garantizar así la existencia, desarrollo y progreso de la actividad
cultural de nuestro país, de manera que con la utilización conjunta de medios privados y
servicios públicos se contribuya a la realización de una actividad de utilidad pública como
es la articulación de acciones de ayuda a profesionales del sector de la industria
audiovisual española afectados de forma más grave por las tremendas consecuencias
económicas provocadas por la referida crisis.
Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente documento, que se
ajusta a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (LRJSP), y que se regirá de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El convenio tiene por objeto el diseño y la puesta en marcha de una línea urgente de
ayuda asistencial específica para profesionales del sector audiovisual, el cual ha
resultado gravemente afectado por las consecuencias económicas y sociales derivadas
de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en España.
Compromisos de las partes.
1. Las partes crearán un Comité integrado por una representación de todos los
firmantes de este convenio, según se establece en la cláusula tercera, en cuyo seno se
diseñará la línea urgente de ayuda asistencial específica a los trabajadores y
trabajadoras del sector audiovisual más gravemente afectados por esta crisis («Línea
Asistencial»). Dentro de los parámetros fijados por este convenio, este mismo Comité se
encargará de dar forma jurídica y organizativa a esta Línea Asistencial, que por su
naturaleza no constituye una subvención regulada por la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, ni se instrumenta al amparo de la misma.
En este sentido, se establecerán los términos y condiciones de acceso a la línea,
indicando los requisitos de las personas que puedan acceder a la prestación,
documentación a presentar y forma de hacerlo, valoración de las solicitudes, cuantía de
la prestación a recibir por cada persona beneficiaria y forma de comunicar la concesión
de la misma.
2. Amazon aportará la cantidad de 1.000.000 EUR para dotar económicamente la
Línea Asistencial en apoyo de los trabajadores y trabajadoras del cine y la televisión, y
como parte del Comité participará en la ejecución y desarrollo de la citada Línea.
3. El ICAA ejercerá la representación institucional del sector audiovisual en el
Comité, participará en el diseño y desarrollo de la Línea Asistencial, servirá de enlace
directo, en la medida en que sea preciso, con las administraciones públicas y dará
publicidad al convenio, en los términos establecidos en la cláusula séptima.
4. AC/E participará en el diseño y desarrollo de la Línea Asistencial, tanto dentro
como fuera del Comité, promoverá la interlocución de las partes y el Comité con el sector
empresarial audiovisual y dará publicidad al convenio, en los términos establecidos en la
cláusula séptima.
5. La Academia participará en el diseño y desarrollo de la Línea Asistencial,
promoverá, tanto dentro como fuera del Comité, la interlocución y participación de las
entidades representativas de los profesionales del sector audiovisual y dará publicidad al
convenio, en los términos establecidos en la cláusula séptima.
6. Las partes podrán promover que otras entidades privadas o públicas participen
del objeto de este convenio, siempre en el modo en que el Comité previamente
determine y mediante la oportuna modificación del convenio.
cve: BOE-A-2021-20994
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155857
V. Que las partes quieren colaborar con el fin común de proteger la creación
audiovisual española y garantizar así la existencia, desarrollo y progreso de la actividad
cultural de nuestro país, de manera que con la utilización conjunta de medios privados y
servicios públicos se contribuya a la realización de una actividad de utilidad pública como
es la articulación de acciones de ayuda a profesionales del sector de la industria
audiovisual española afectados de forma más grave por las tremendas consecuencias
económicas provocadas por la referida crisis.
Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente documento, que se
ajusta a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (LRJSP), y que se regirá de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El convenio tiene por objeto el diseño y la puesta en marcha de una línea urgente de
ayuda asistencial específica para profesionales del sector audiovisual, el cual ha
resultado gravemente afectado por las consecuencias económicas y sociales derivadas
de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en España.
Compromisos de las partes.
1. Las partes crearán un Comité integrado por una representación de todos los
firmantes de este convenio, según se establece en la cláusula tercera, en cuyo seno se
diseñará la línea urgente de ayuda asistencial específica a los trabajadores y
trabajadoras del sector audiovisual más gravemente afectados por esta crisis («Línea
Asistencial»). Dentro de los parámetros fijados por este convenio, este mismo Comité se
encargará de dar forma jurídica y organizativa a esta Línea Asistencial, que por su
naturaleza no constituye una subvención regulada por la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, ni se instrumenta al amparo de la misma.
En este sentido, se establecerán los términos y condiciones de acceso a la línea,
indicando los requisitos de las personas que puedan acceder a la prestación,
documentación a presentar y forma de hacerlo, valoración de las solicitudes, cuantía de
la prestación a recibir por cada persona beneficiaria y forma de comunicar la concesión
de la misma.
2. Amazon aportará la cantidad de 1.000.000 EUR para dotar económicamente la
Línea Asistencial en apoyo de los trabajadores y trabajadoras del cine y la televisión, y
como parte del Comité participará en la ejecución y desarrollo de la citada Línea.
3. El ICAA ejercerá la representación institucional del sector audiovisual en el
Comité, participará en el diseño y desarrollo de la Línea Asistencial, servirá de enlace
directo, en la medida en que sea preciso, con las administraciones públicas y dará
publicidad al convenio, en los términos establecidos en la cláusula séptima.
4. AC/E participará en el diseño y desarrollo de la Línea Asistencial, tanto dentro
como fuera del Comité, promoverá la interlocución de las partes y el Comité con el sector
empresarial audiovisual y dará publicidad al convenio, en los términos establecidos en la
cláusula séptima.
5. La Academia participará en el diseño y desarrollo de la Línea Asistencial,
promoverá, tanto dentro como fuera del Comité, la interlocución y participación de las
entidades representativas de los profesionales del sector audiovisual y dará publicidad al
convenio, en los términos establecidos en la cláusula séptima.
6. Las partes podrán promover que otras entidades privadas o públicas participen
del objeto de este convenio, siempre en el modo en que el Comité previamente
determine y mediante la oportuna modificación del convenio.
cve: BOE-A-2021-20994
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.