I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Patrimonio natural. (BOE-A-2021-20914)
Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 155465
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
20914
Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de
Euskadi.
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento
Vasco ha aprobado la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio
natural de Euskadi.
Euskadi alberga una gran biodiversidad debido a su situación geográfica, en una
zona de transición climática (mediterráneo-atlántico), con costa y monte. Con algo
menos del 1 % del territorio de la Unión Europea, Euskadi acoge aproximadamente
el 35 % de los hábitats de interés europeo, el 21 % de las especies de fauna y el 2 % de
las de flora, dentro de las cuales se encuentran 14 hábitats y 4 especies de interés
prioritario para el continente.
La protección de este importante patrimonio natural se articuló jurídicamente a través
de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.
Esta norma supuso un primer paso para dar respuesta a la creciente preocupación de la
ciudadanía y de los poderes públicos en relación con la conservación de los recursos
naturales. Esta ley, pionera en su tiempo, fue la que lideró durante años la política de
nuestra Comunidad Autónoma en ámbitos como la ordenación de los recursos naturales,
los espacios protegidos y la fauna y la flora, entre otros.
La ley estableció un régimen jurídico para la conservación de la naturaleza y sus
recursos frente a diversas causas de degradación, compatible con un proceso de
desarrollo económico y social ordenado, configurado por su integración en las distintas
políticas sectoriales. Para ello, se consideró necesario acometer una eficaz actuación de
los poderes públicos, encaminada a garantizar la existencia de un medio natural bien
conservado en el conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Asimismo, la norma permitió armonizar un sistema de conservación de los recursos
naturales, de los procesos ecológicos esenciales y de la belleza paisajística de nuestro
territorio, como garantía para un desarrollo integrado sin comprometer el bienestar de las
generaciones futuras como consecuencia de la explotación económica desmesurada de
dichos recursos, la desaparición de especies de flora y fauna, y la degradación de
espacios naturales en buen estado de conservación.
Años más tarde, el Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, aprobó el texto
refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, con el fin de
integrar en un único texto las modificaciones realizadas en la Ley 16/1994, de 30 de
junio, renumerar los artículos, capítulos y disposiciones que fueran necesarios y adecuar
las remisiones internas de las leyes objeto de refundición a la nueva numeración.
Sin embargo, el importante desarrollo legislativo derivado de las directrices europeas
en la materia, especialmente a partir del año 2000, ha traído como consecuencia la
necesidad de actualizar el marco legislativo vasco para dar respuesta a los problemas y
exigencias actuales, enmarcando esta nueva regulación en los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de Naciones Unidas y de la Agenda Basque Country 2030.
En consecuencia, la presente ley busca preservar los espacios naturales y la
biodiversidad desde un enfoque integral de patrimonio natural, mejorar la coordinación
entre los diferentes niveles administrativos encargados de su gestión, integrarse con
otras políticas transversales como las de cambio climático, y favorecer nuevas
cve: BOE-A-2021-20914
Verificable en https://www.boe.es
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 155465
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
20914
Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de
Euskadi.
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento
Vasco ha aprobado la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio
natural de Euskadi.
Euskadi alberga una gran biodiversidad debido a su situación geográfica, en una
zona de transición climática (mediterráneo-atlántico), con costa y monte. Con algo
menos del 1 % del territorio de la Unión Europea, Euskadi acoge aproximadamente
el 35 % de los hábitats de interés europeo, el 21 % de las especies de fauna y el 2 % de
las de flora, dentro de las cuales se encuentran 14 hábitats y 4 especies de interés
prioritario para el continente.
La protección de este importante patrimonio natural se articuló jurídicamente a través
de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.
Esta norma supuso un primer paso para dar respuesta a la creciente preocupación de la
ciudadanía y de los poderes públicos en relación con la conservación de los recursos
naturales. Esta ley, pionera en su tiempo, fue la que lideró durante años la política de
nuestra Comunidad Autónoma en ámbitos como la ordenación de los recursos naturales,
los espacios protegidos y la fauna y la flora, entre otros.
La ley estableció un régimen jurídico para la conservación de la naturaleza y sus
recursos frente a diversas causas de degradación, compatible con un proceso de
desarrollo económico y social ordenado, configurado por su integración en las distintas
políticas sectoriales. Para ello, se consideró necesario acometer una eficaz actuación de
los poderes públicos, encaminada a garantizar la existencia de un medio natural bien
conservado en el conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Asimismo, la norma permitió armonizar un sistema de conservación de los recursos
naturales, de los procesos ecológicos esenciales y de la belleza paisajística de nuestro
territorio, como garantía para un desarrollo integrado sin comprometer el bienestar de las
generaciones futuras como consecuencia de la explotación económica desmesurada de
dichos recursos, la desaparición de especies de flora y fauna, y la degradación de
espacios naturales en buen estado de conservación.
Años más tarde, el Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, aprobó el texto
refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, con el fin de
integrar en un único texto las modificaciones realizadas en la Ley 16/1994, de 30 de
junio, renumerar los artículos, capítulos y disposiciones que fueran necesarios y adecuar
las remisiones internas de las leyes objeto de refundición a la nueva numeración.
Sin embargo, el importante desarrollo legislativo derivado de las directrices europeas
en la materia, especialmente a partir del año 2000, ha traído como consecuencia la
necesidad de actualizar el marco legislativo vasco para dar respuesta a los problemas y
exigencias actuales, enmarcando esta nueva regulación en los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de Naciones Unidas y de la Agenda Basque Country 2030.
En consecuencia, la presente ley busca preservar los espacios naturales y la
biodiversidad desde un enfoque integral de patrimonio natural, mejorar la coordinación
entre los diferentes niveles administrativos encargados de su gestión, integrarse con
otras políticas transversales como las de cambio climático, y favorecer nuevas
cve: BOE-A-2021-20914
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS