III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-21003)
Circular informativa 8/2021, de 1 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de petición de información a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155941
El detalle de las posiciones equipadas con interruptores automáticos se declarará en
el formulario de posiciones (Formulario B4), si bien en el Formulario B3.2 se detallarán
las posiciones correspondientes a cada parque. Estas posiciones deberán declararse
con el mismo identificador empleado en el Formulario B4.
Adicionalmente, en el Formulario B3.3 se indicarán los transformadores y el resto de
máquinas instaladas en cada subestación, indicando las tensiones de los parques en los
que se conectan y la potencia instalada. El detalle de las máquinas quedará registrado
en el formulario correspondiente (Formulario B5), si bien en el Formulario B3.3 se
indicará el identificador de la instalación, que deberá ser coincidente con el declarado en
el citado Formulario B5.
Los trafos de reserva se declararán únicamente en el Formulario B3.3 con el CINI y
el TI correspondiente, indicando en el campo OPERACION el valor 0 (en reserva fría).
No se considerarán en ningún caso como trafos de reserva los trafos en almacén.
Artículo 8. Posiciones.
El Formulario B4 recoge la información relativa a las posiciones en subestaciones.
En este formulario serán declaradas, exclusivamente, posiciones que cuenten con
interruptor automático, así como posiciones sin equipar, debiendo concretar dicha
particularidad en el campo «EQUIPADA». Su identificador deberá ser coincidente con el
declarado en el Formulario B3.2.
Para la declaración de equipación de posiciones que hubieran sido declaradas
previamente como posiciones sin equipar (obra civil), deberá mantenerse el mismo
identificador, tal y como se detalla en la Tabla 8 del Anexo II.
En el caso de posiciones equipadas con interruptor automático ubicada en
subestaciones ajenas deberá completarse el campo AJENA con el valor 1.
Las posiciones automáticas equipadas con interruptor fuera de subestaciones
(interruptores automáticos aéreos) podrán ser declaradas excepcionalmente en este
formulario. Para ello, su nivel de tensión debe situarse entre 1 y 36 kV y las instalaciones
deben estar equipadas con los siguientes elementos: seccionador de línea, seccionador
de barras, seccionador de by-pass, interruptor automático disyuntor, relé de protección,
trafos de intensidad, trafos de tensión, auto válvulas y telemando. Estas posiciones se
declararán con el CINI correspondiente y los siguientes códigos de instalación:
Tensión
Descripción
TI-IAU
12 kV ≥ U ≥ 1 kV.
TI-IAU Interruptor aéreo tensión 12 kV ≥ U ≥ 1 kV.
TI-IAV
17,5 kV ≥ U > 12 kV.
TI-IAV Interruptor aéreo tensión 17,5 kV ≥ U > 12 kV.
TI-IAW
24 kV ≥ U > 17,5 kV.
TI-IAW Interruptor aéreo tensión 24 kV ≥ U > 17,5 kV.
TI-IAX
36 kV ≥ U > 24 kV.
TI-IAX Interruptor aéreo tensión 36 kV ≥ U > 24 kV.
Dichas actuaciones deberán declararse a coste no completo (Tipo de inversión 1),
con la motivación que corresponda según la Tabla 8 del Anexo II. Adicionalmente,
deberá completarse el campo EQUIPADA con el valor 2 (Interruptor automático aéreo) y
en el campo AJENA deberá consignarse el valor 1 (ubicado en subestación ajena).
Las posiciones equipadas con interruptor automático que no hayan sido
consideradas en el centro de transformación al efectuar su declaración, por exceder el
número de celdas establecido al calcular el valor unitario de referencia (3 celdas por
centro de transformación o 4 en el caso de los centros de seccionamiento), no podrán
declararse en este formulario de posiciones. Estas celdas solo podrán declararse en el
Formulario B.2.2 y deberán estar asociadas a un centro de transformación concreto.
Únicamente podrán declararse en este formulario las posiciones correspondientes a
subestaciones de maniobra (sin transformación) que cumplan con los criterios
establecidos en el artículo 7. Estas posiciones deberán declararse como Tipo de
cve: BOE-A-2021-21003
Verificable en https://www.boe.es
Código
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155941
El detalle de las posiciones equipadas con interruptores automáticos se declarará en
el formulario de posiciones (Formulario B4), si bien en el Formulario B3.2 se detallarán
las posiciones correspondientes a cada parque. Estas posiciones deberán declararse
con el mismo identificador empleado en el Formulario B4.
Adicionalmente, en el Formulario B3.3 se indicarán los transformadores y el resto de
máquinas instaladas en cada subestación, indicando las tensiones de los parques en los
que se conectan y la potencia instalada. El detalle de las máquinas quedará registrado
en el formulario correspondiente (Formulario B5), si bien en el Formulario B3.3 se
indicará el identificador de la instalación, que deberá ser coincidente con el declarado en
el citado Formulario B5.
Los trafos de reserva se declararán únicamente en el Formulario B3.3 con el CINI y
el TI correspondiente, indicando en el campo OPERACION el valor 0 (en reserva fría).
No se considerarán en ningún caso como trafos de reserva los trafos en almacén.
Artículo 8. Posiciones.
El Formulario B4 recoge la información relativa a las posiciones en subestaciones.
En este formulario serán declaradas, exclusivamente, posiciones que cuenten con
interruptor automático, así como posiciones sin equipar, debiendo concretar dicha
particularidad en el campo «EQUIPADA». Su identificador deberá ser coincidente con el
declarado en el Formulario B3.2.
Para la declaración de equipación de posiciones que hubieran sido declaradas
previamente como posiciones sin equipar (obra civil), deberá mantenerse el mismo
identificador, tal y como se detalla en la Tabla 8 del Anexo II.
En el caso de posiciones equipadas con interruptor automático ubicada en
subestaciones ajenas deberá completarse el campo AJENA con el valor 1.
Las posiciones automáticas equipadas con interruptor fuera de subestaciones
(interruptores automáticos aéreos) podrán ser declaradas excepcionalmente en este
formulario. Para ello, su nivel de tensión debe situarse entre 1 y 36 kV y las instalaciones
deben estar equipadas con los siguientes elementos: seccionador de línea, seccionador
de barras, seccionador de by-pass, interruptor automático disyuntor, relé de protección,
trafos de intensidad, trafos de tensión, auto válvulas y telemando. Estas posiciones se
declararán con el CINI correspondiente y los siguientes códigos de instalación:
Tensión
Descripción
TI-IAU
12 kV ≥ U ≥ 1 kV.
TI-IAU Interruptor aéreo tensión 12 kV ≥ U ≥ 1 kV.
TI-IAV
17,5 kV ≥ U > 12 kV.
TI-IAV Interruptor aéreo tensión 17,5 kV ≥ U > 12 kV.
TI-IAW
24 kV ≥ U > 17,5 kV.
TI-IAW Interruptor aéreo tensión 24 kV ≥ U > 17,5 kV.
TI-IAX
36 kV ≥ U > 24 kV.
TI-IAX Interruptor aéreo tensión 36 kV ≥ U > 24 kV.
Dichas actuaciones deberán declararse a coste no completo (Tipo de inversión 1),
con la motivación que corresponda según la Tabla 8 del Anexo II. Adicionalmente,
deberá completarse el campo EQUIPADA con el valor 2 (Interruptor automático aéreo) y
en el campo AJENA deberá consignarse el valor 1 (ubicado en subestación ajena).
Las posiciones equipadas con interruptor automático que no hayan sido
consideradas en el centro de transformación al efectuar su declaración, por exceder el
número de celdas establecido al calcular el valor unitario de referencia (3 celdas por
centro de transformación o 4 en el caso de los centros de seccionamiento), no podrán
declararse en este formulario de posiciones. Estas celdas solo podrán declararse en el
Formulario B.2.2 y deberán estar asociadas a un centro de transformación concreto.
Únicamente podrán declararse en este formulario las posiciones correspondientes a
subestaciones de maniobra (sin transformación) que cumplan con los criterios
establecidos en el artículo 7. Estas posiciones deberán declararse como Tipo de
cve: BOE-A-2021-21003
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