II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-20891)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Sábado 18 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 155283
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses,
contados desde la fecha en que la reclamación sea notificada a su presidente, para
ratificar o no la propuesta de la comisión de acceso, tras lo que el rector dictará la
correspondiente resolución. Trascurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución
expresa, la reclamación se entenderá desestimada.
8. Acceso al expediente
8.1 Quienes accedan al expediente y consulten datos de otros aspirantes están
sometidos al deber de confidencialidad por lo que deberán guardar reserva de los
mismos y solo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear
tanto el recurso como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.
Cualquier divulgación de datos del expediente podrá implicar la exigencia de
responsabilidades conforme a la legislación vigente.
Los datos obtenidos, en cualquier soporte, serán destruidos una vez cumplida la
finalidad para la que se solicitaron.
8.2 El acceso al expediente se formalizará a través del registro electrónico de la
universidad utilizando el formulario que se encuentra en la siguiente dirección: https://
protecciondatos.unizar.es/cesioncomunicacion-de-datos.
9.
9.1
Presentación de documentación y nombramiento
Presentación de documentación.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días siguientes al de la publicación en el e-TOUZ de la propuesta de provisión por
la comisión de acceso.
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de ninguna
Administración Pública en virtud del expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
b) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad, o presentar la opción
correspondiente, en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o
percibiendo alguna pensión o remuneración que resulte incompatible con arreglo a lo
dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
c) Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera deberán presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, indicando el cuerpo o escala
al que se pertenece, la antigüedad en dicho cuerpo o escala y la situación administrativa
en la que se encuentren, excepto quienes sean funcionarios de la Universidad de
Zaragoza.
9.2
Nombramiento.
Los nombramientos propuestos por la correspondiente comisión de acceso serán
efectuados por el rector mediante publicación de la correspondiente resolución en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la LOU y en el artículo 10 del
RD1313, si se hubiera admitido a trámite alguna reclamación contra la propuesta de
provisión de la comisión de acceso, se suspenderán los nombramientos de los
candidatos propuestos hasta su resolución.
cve: BOE-A-2021-20891
Verificable en https://www.boe.es
La entrega de la documentación se hará a través de https://sede.unizar.es/solicita,
siguiendo el procedimiento que se indicará en la propuesta de provisión que realice la
comisión de acceso.
Núm. 302
Sábado 18 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 155283
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses,
contados desde la fecha en que la reclamación sea notificada a su presidente, para
ratificar o no la propuesta de la comisión de acceso, tras lo que el rector dictará la
correspondiente resolución. Trascurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución
expresa, la reclamación se entenderá desestimada.
8. Acceso al expediente
8.1 Quienes accedan al expediente y consulten datos de otros aspirantes están
sometidos al deber de confidencialidad por lo que deberán guardar reserva de los
mismos y solo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear
tanto el recurso como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.
Cualquier divulgación de datos del expediente podrá implicar la exigencia de
responsabilidades conforme a la legislación vigente.
Los datos obtenidos, en cualquier soporte, serán destruidos una vez cumplida la
finalidad para la que se solicitaron.
8.2 El acceso al expediente se formalizará a través del registro electrónico de la
universidad utilizando el formulario que se encuentra en la siguiente dirección: https://
protecciondatos.unizar.es/cesioncomunicacion-de-datos.
9.
9.1
Presentación de documentación y nombramiento
Presentación de documentación.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días siguientes al de la publicación en el e-TOUZ de la propuesta de provisión por
la comisión de acceso.
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de ninguna
Administración Pública en virtud del expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
b) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad, o presentar la opción
correspondiente, en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o
percibiendo alguna pensión o remuneración que resulte incompatible con arreglo a lo
dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
c) Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera deberán presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, indicando el cuerpo o escala
al que se pertenece, la antigüedad en dicho cuerpo o escala y la situación administrativa
en la que se encuentren, excepto quienes sean funcionarios de la Universidad de
Zaragoza.
9.2
Nombramiento.
Los nombramientos propuestos por la correspondiente comisión de acceso serán
efectuados por el rector mediante publicación de la correspondiente resolución en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la LOU y en el artículo 10 del
RD1313, si se hubiera admitido a trámite alguna reclamación contra la propuesta de
provisión de la comisión de acceso, se suspenderán los nombramientos de los
candidatos propuestos hasta su resolución.
cve: BOE-A-2021-20891
Verificable en https://www.boe.es
La entrega de la documentación se hará a través de https://sede.unizar.es/solicita,
siguiendo el procedimiento que se indicará en la propuesta de provisión que realice la
comisión de acceso.