III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-20906)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, para el desarrollo de tesis doctorales y colaboración en programas de doctorado.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Sábado 18 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155430
d) Desarrollar el proyecto de tesis y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con los ICU del CSIC, conforme a las líneas establecidas en dicho proyecto.
e) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de los ICU del
CSIC y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante la realización de su
tesis, y por un periodo de tres años, finalizadas éstas. En todo caso, si durante la
realización de la tesis surgiera algún resultado susceptible de protección, el/la alumno/a
deberá figurar como coautor/a de la invención, sin que ninguna de las cláusulas de este
Convenio suponga la cesión o transmisión de cualquier derecho de propiedad intelectual
o industrial titularidad del CSIC.
f) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CSIC,
salvaguardando el buen nombre de la UPV/EHU.
g) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente.
Quinta. Solicitud y desarrollo de tesis doctorales y actividades prácticas en el CSIC.
La petición y realización de las tesis doctorales en el CSIC por doctorandos/as de la
UPV/EHU y/o actividades prácticas se tramitará siempre a través de los servicios
competentes de la UPV/EHU, mediante el cumplimiento del siguiente procedimiento:
1.º La Comisión Académica del Programa de Doctorado correspondiente, de
conformidad con la normativa universitaria aplicable, asignará tutor/a y director/a de tesis
al doctorando/a.
Cuando la tesis vaya a realizarse en algún ICU del CSIC se requerirá la remisión
firmada por la UPV/EHU y el doctorando/a del anexo I de este Convenio, para cuya
efectividad deberá contar con la firma del director/a de tesis, del director/a responsable
del ICU en que ésta vaya a realizarse y de la persona competente de DOKe
Igualmente, la UPV/EHU deberá cumplimentar el anexo I y presentarlo en el ICU
seleccionado, cuando el doctorando/a vaya a realizar actividades prácticas.
La dirección del ICU del CSIC aprobará cada solicitud de realización de tesis
atendiendo a las necesidades del servicio de su ICU y a las posibilidades de acogida y
tutoría de las que en ese momento disponga.
Los detalles concretos del proyecto de tesis se recogerán en el anexo I de este
Convenio.
2.º Tendrán la misma consideración y efectos del anexo incluido en este Convenio,
los formularios físicos o electrónicos en vigor de la UPV/EHU dirigidos al mismo fin,
siempre que cumplan con los requisitos previstos en este Convenio, debiendo quedar, en
todo caso, a disposición del CSIC
1.
Obligaciones de las partes.
Obligaciones del CSIC
a) Facilitará a los/las doctorandos/as los medios e instalaciones oportunas para
poder desarrollar la tesis doctoral y/o actividades prácticas.
b) Facilitará que los doctorandos/as puedan cumplir con los requisitos del Programa
de doctorado en el que están matriculados.
c) Propondrá como director/a de tesis o responsable de las prácticas o trabajos
asociados a la tesis doctoral de los/las doctorandos/as, a la persona que la comisión
académica del programa de Doctorado designará como tal y a la que le corresponderá
entre otras funciones:
– Fijar el plan de trabajo de los/las doctorandos/as.
– Orientar y ayudar los/las doctorandos/as en sus dudas y dificultades durante su
estancia en el CSIC.
– Revisar regularmente el documento de actividades del doctorando/a.
– Realizar el informe de evaluación final del desarrollo de las prácticas y/o trabajos
y/o de las tesis doctorales.
cve: BOE-A-2021-20906
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 302
Sábado 18 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155430
d) Desarrollar el proyecto de tesis y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con los ICU del CSIC, conforme a las líneas establecidas en dicho proyecto.
e) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de los ICU del
CSIC y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante la realización de su
tesis, y por un periodo de tres años, finalizadas éstas. En todo caso, si durante la
realización de la tesis surgiera algún resultado susceptible de protección, el/la alumno/a
deberá figurar como coautor/a de la invención, sin que ninguna de las cláusulas de este
Convenio suponga la cesión o transmisión de cualquier derecho de propiedad intelectual
o industrial titularidad del CSIC.
f) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CSIC,
salvaguardando el buen nombre de la UPV/EHU.
g) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente.
Quinta. Solicitud y desarrollo de tesis doctorales y actividades prácticas en el CSIC.
La petición y realización de las tesis doctorales en el CSIC por doctorandos/as de la
UPV/EHU y/o actividades prácticas se tramitará siempre a través de los servicios
competentes de la UPV/EHU, mediante el cumplimiento del siguiente procedimiento:
1.º La Comisión Académica del Programa de Doctorado correspondiente, de
conformidad con la normativa universitaria aplicable, asignará tutor/a y director/a de tesis
al doctorando/a.
Cuando la tesis vaya a realizarse en algún ICU del CSIC se requerirá la remisión
firmada por la UPV/EHU y el doctorando/a del anexo I de este Convenio, para cuya
efectividad deberá contar con la firma del director/a de tesis, del director/a responsable
del ICU en que ésta vaya a realizarse y de la persona competente de DOKe
Igualmente, la UPV/EHU deberá cumplimentar el anexo I y presentarlo en el ICU
seleccionado, cuando el doctorando/a vaya a realizar actividades prácticas.
La dirección del ICU del CSIC aprobará cada solicitud de realización de tesis
atendiendo a las necesidades del servicio de su ICU y a las posibilidades de acogida y
tutoría de las que en ese momento disponga.
Los detalles concretos del proyecto de tesis se recogerán en el anexo I de este
Convenio.
2.º Tendrán la misma consideración y efectos del anexo incluido en este Convenio,
los formularios físicos o electrónicos en vigor de la UPV/EHU dirigidos al mismo fin,
siempre que cumplan con los requisitos previstos en este Convenio, debiendo quedar, en
todo caso, a disposición del CSIC
1.
Obligaciones de las partes.
Obligaciones del CSIC
a) Facilitará a los/las doctorandos/as los medios e instalaciones oportunas para
poder desarrollar la tesis doctoral y/o actividades prácticas.
b) Facilitará que los doctorandos/as puedan cumplir con los requisitos del Programa
de doctorado en el que están matriculados.
c) Propondrá como director/a de tesis o responsable de las prácticas o trabajos
asociados a la tesis doctoral de los/las doctorandos/as, a la persona que la comisión
académica del programa de Doctorado designará como tal y a la que le corresponderá
entre otras funciones:
– Fijar el plan de trabajo de los/las doctorandos/as.
– Orientar y ayudar los/las doctorandos/as en sus dudas y dificultades durante su
estancia en el CSIC.
– Revisar regularmente el documento de actividades del doctorando/a.
– Realizar el informe de evaluación final del desarrollo de las prácticas y/o trabajos
y/o de las tesis doctorales.
cve: BOE-A-2021-20906
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.